Un colegio de manos unidas
Manual de acuerdos de convivencia
2014
Capítulo I
Directrices generales
Artículo 1. Conceptos básicos.
1.1. La elaboración y puesta en
ejecución de un Manual de acuerdos de convivencia,
como uno de los aspectos esenciales del Proyecto educativo institucional, es una obligación legal consagrada en los
artículos 73 y 87 de la Ley general de educación (Ley 115 de
1994). Ella define los principios y normas que aseguran la prestación del
servicio educativo.
1.2. Lo anterior se complementa con
lo consagrado en la Ley 1620 del 15 de marzo de 2013 y su Decreto reglamentario
1965 del 11 de septiembre de
2013, con el cual se crea el Sistema
nacional de convivencia escolar y formación para los derechos humanos, la
educación para la sexualidad y la mitigación y la prevención de la violencia
escolar, cuyos objetivos serán cumplidos a través de la promoción, orientación
y coordinación de estrategias, programas y actividades en el marco de la
corresponsabilidad de los individuos, las instituciones educativas, la familia,
la sociedad y el Estado.
1.3. Por definición convivir significa vivir en compañía de
otro u otros. La convivencia por tanto, conlleva nociones como respeto,
solidaridad, responsabilidad social, compromisos, valoración individual, ética y tolerancia. Es por eso que
este Manual de acuerdos
de convivencia recoge una serie de orientaciones que buscan desarrollar una pedagogía
de la convivencia, en donde las reglas y criterios son ante todo parámetros
para el crecimiento individual en el marco de una colectividad armónica.
Artículo 2. Principios generales
orientadores
Forman parte del presente Manual de acuerdos de convivencia los
principios del Sistema nacional de
convivencia escolar y formación para
los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y
mitigación de la violencia escolar, contenidos en el artículo 5 de la Ley
1620 de 2013.
2.1.
Participación. Se garantiza el
derecho a la participación de niños, niñas y adolescentes, como de todo
integrante de la comunidad educativa, en el desarrollo de las estrategias y
acciones que se adelanten en el marco del Sistema
nacional de convivencia escolar.
2.2
Corresponsabilidad. La familia,
los establecimientos educativos, la sociedad y el Estado son corresponsables de
la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación
para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños,
niñas y adolecentes, desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los
objetivos del Sistema y de
conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución política y el Código
de infancia y adolescencia.
2.3. Autonomía. Los individuos, entidades territoriales e
instituciones educativas son autónomos en concordancia con la Constitución política y dentro de los límites
fijados por las leyes, normas y disposiciones.
2.4.
Diversidad. Es fundamental el
reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin
discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o
condición física, social o cultural. Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho
a recibir una educación y formación que se fundamente en una concepción integral
de la persona y la dignidad humana, en ambientes pacíficos, democráticos e incluyentes
2.5. Integralidad. La filosofía del Sistema será integral, y estará orientada hacia la promoción de la
educación para la autorregulación del individuo, para la sanción social y el
respeto a la Constitución y las
leyes.
Artículo 3. Marco jurídico
general
El presente Manual de acuerdos de convivencia se enmarca en la siguiente
normatividad:
Constitución política de Colombia, Título II, de los derechos, las
garantías y los deberes.
Ley 115 de 1994 o Ley general de educación, Títulos I, II,
III, IV, V, VII, X.
Decreto 1860 de 1994, reglamentario
de la Ley 115 en los aspectos pedagógicos y organizativos.
Ley 1098 de 2006 o Código de la infancia y la adolescencia,
en especial los artículos 18, 20, 26, 28, 31, 36, 41 en los numerales 8, 9, 16,
19 a 23, 26, 27, 33, 34, así como los
artículos 42 a 45.
Ley 1273 de 2009, que modifica el Código penal, crea el bien jurídico de
“la protección de la información y de los datos” para preservar los sistemas
que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones.
Ley 1620 de 2013 o Ley de convivencia escolar, artículos
12, 13, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 29, 30, 31, 38 y
39.
Decreto 1965 del 11 de septiembre de
2013 por el cual se reglamenta la Ley 1620.
Ley 1622 de 2013 o Ley de la juventud.
Ley 599 de 2000, Art 25.Sobre la
acción y omisión en la responsabilidad penal.
Decreto 1290 de 2009, normas en
materia de evaluación y promoción de los educandos.
Decreto 1286 de 2005, normas sobre la
participación de los padres de familia en los procesos educativos de las
instituciones oficiales y privadas.
Ley 1109 de 2006 por la cual se
adopta el "Convenio marco de la Organización
mundial de la salud –OMS- para el
control del tabaco.
Resolución 01956 DE 2008 del Ministerio de protección social, por la
cual se adoptan medidas en relación con el consumo de cigarrillo o de tabaco.
Ley 1335 de 2009, que busca prevenir
daños a la salud de los menores de edad y la población no fumadora, estimulando
políticas públicas para la prevención del consumo del tabaco y el abandono de
la dependencia.
Decreto 860 de 2010, reglamentario de
la Ley 1098 de 2006, sobre las obligaciones del Estado, la sociedad y la familia
en la prevención de la comisión de infracciones a la ley penal por parte de
niños, niñas y adolescentes y su reincidencia.
Decreto 120 de 2010, que busca
proteger al menor de edad y a la comunidad en general de los efectos nocivos
del consumo de bebidas alcohólicas y establecer medidas tendientes a la
reducción del daño y la minimización del riesgo de accidentalidad, violencia
cotidiana y criminalidad asociada al consumo inmoderado de alcohol.
Ley 1503 de 2011 por la cual se promueve
la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía.
Artículo 4. Conceptos
jurisprudenciales orientadores.
A partir de la aparición de la figura
de la tutela como instrumento de protección de los derechos fundamentales en la
Constitución política en 1991, la Corte constitucional, dentro de la
función de revisión de los fallos proferidos por instancias judiciales
competentes, ha emitido múltiples pronunciamientos en torno a la aplicación de
los derechos fundamentales en la prestación del servicio educativo, por parte
de las instituciones oficiales y privadas. Dada la trascendencia de estos
pronunciamientos, el conjunto de esa jurisprudencia se incorpora al presente Manual de acuerdos de convivencia, como
criterios que orienten la comprensión y aplicación de los conceptos,
procedimientos e instrumentos indicados por parte de los integrantes de la
comunidad educativa. Dentro de las sentencias a tener en cuenta se encuentran
las siguientes:
a) En relación con el derecho-deber
de la educación: 002 de 1992, T-519 de 1992, T-134 de 1993, T-316 de 1994,
T-235 de 1997.
b) En relación con los alcances del Manual de convivencia: T-524 de 1992,
T-386 de 1994, T-015 de 1994, SC-555/94, T-1233 de 2003, SU-641/98.
c) En relación con la disciplina
escolar: T-366 de 1992, T-037 de 1995, T-402 de 1992, T-905 de 2011.
d) En relación con la concurrencia de
los padres de familia: T-208 de 1996, T-366 de 1997.
e) En relación con la formación
integral del educando: T-386 de 1994.
f) En relación con el debido proceso:
T-500 de 1992, T-1233 de 2003, Ley 599 de 2000 en el artículo 25.
Teniendo en
cuenta que las obligaciones y responsabilidades de la Institución están
plenamente fundamentadas y delimitadas, el Colegio Gonzalo Arango quedará
exonerado de toda responsabilidad civil, cuando en el desarrollo de su objeto
ya sea dentro o fuera del espacio físico institucional, sobrevengan sobre los
miembros de la comunidad educativa, daños generados por actos terroristas,
desastres naturales o cualquier hecho sobreviniente por caso fortuito o fuerza
mayor. De igual manera, los padres renuncian a adelantar cualquier tipo de
demanda en contra del Colegio, cuando se presente una de estas circunstancias.
Sin embargo, el Colegio adelantará los procedimientos y estrategias que
considere necesarios para prevenir, minimizar y evitar, en la medida de sus
capacidades, la ocurrencia de dichos eventos.
Capítulo II
Marco
institucional
Artículo
1. Filosofía institucional
1.1 Definición
Somos una
institución de carácter público, con niveles educativos en pre escolar, básica
y media, de calendario A, que fundamenta su acción en el crecimiento personal,
complementándose con los aportes de las ciencias que estructuran al ser humano,
haciendo uso de la comunicación asertiva y apoyados en las normas legales
vigentes, como herramientas para llegar con éxito a la excelencia educativa.
Nuestra
institución protege y guía al estudiante, con el fin de prepararlo para
alcanzar un proyecto de vida acorde con las necesidades de la sociedad.
Lo anterior se sintetiza en el lema que identifica
nuestro Proyecto Educativo Institucional (PEI): «Comunicación asertiva para el desarrollo humano»
1.2. Misión
El Colegio
Gonzalo Arango IED contribuye en la formación de niños, niñas y jóvenes en los
diversos procesos de comunicación asertiva desde lo estético y tecnológico para
que sean ciudadanos competentes y gestores de su proyecto de vida.
1.3. Visión
En el año
2019 el Colegio Gonzalo Arango será reconocido como una institución de calidad
caracterizada por promover el desarrollo
humano, a través de la ética, la comunicación, el liderazgo y los campos de
pensamiento, utilizando la metodología del trabajo por proyectos y la implementación
de una Educación media especializada
que dará herramientas desde el diseño y los ambientes virtuales para la
formación de estudiantes transformadores de sí mismos y de su entorno.
1.4. Principios institucionales
1.4.1 Soy colombiano
En el Colegio
Gonzalo Arango nos reconocemos como colombianos, es decir integrantes de un pacto
social que define y cohesiona nuestra comunidad nacional y caracteriza nuestra
identidad colectiva; por ello reconocemos que las relaciones respetuosas
entre personas están garantizadas por la ley. En consecuencia, acatamos las
normas porque
nos protegen de abusar y ser abusados, nos hacen iguales, permitiendo el respeto propio y el del
otro. En este sentido, participamos en la consolidación de una Cultura de la legalidad, ello implica
que nuestra comunidad se rige por la Constitución
y las leyes de nuestro país reflejadas en nuestro Manual de acuerdos de convivencia. Esto nos lleva a ser respetuosos
y solidarios con el otro, reconociendo los derechos de cada uno. En
consecuencia, rechazamos el incumplimiento de la norma para buscar logros
personales o lo que se conoce como cultura del atajo. Conocemos las
normas y acuerdos de nuestra institución, las tenemos en cuenta
para la toma de decisiones. Respetamos la autoridad cuando sus funciones
garantizan la organización y la sana convivencia de la comunidad.
1.4.2. Soy comprometido
En nuestro colegio
reconocemos el valor de la palabra. Nos parece fundamental la coherencia entre pensar,
decir y hacer. Buscamos relaciones
sociales responsables con las obligaciones individuales y colectivas y con los
derechos propios y ajenos, bajo la convicción de que la libertad implica asumir
las consecuencias de lo que hacemos y que jamás transgredimos la libertad
de los demás.
1.4.3 Soy gonzalista
Construimos y asumimos un fuerte
sentido de pertenencia institucional, porque comprendemos lo valioso que es ser
parte de una comunidad que nos acoge; por lo tanto, todos los acuerdos y
pactos son de obligatorio cumplimiento por cada uno de quienes aquí
compartimos; y estamos convencidos de que las personas y los símbolos que nos
representan como comunidad educativa merecen nuestro mayor respeto.
1.4.4. Soy afectuoso
Creemos que las relaciones
interpersonales no solo pueden estar mediadas por la norma y el acuerdo sino
también por el afecto (simpatía, amistad, amor). Por eso nos comprometemos a
mantener unas relaciones humanas caracterizadas por el buen trato, en el marco
del respeto por sí mismo, por el otro y el entorno.
1.4.5. Soy abierto
Formar parte de una comunidad
educativa como la nuestra nos compromete a la comprensión y valoración de la
diversidad cultural: pueblos, credos, ideologías y múltiples expresiones de lo
humano, entendidas en su contexto.
1.4.6. Soy excelente
Los integrantes de esta comunidad
educativa aplicamos y desarrollamos procesos de calidad, que responden a las
necesidades de un mundo global y cambiante. Nos comprometemos con la exigencia
propia de estudiantes, docentes, administrativos y padres de familia para el
mejoramiento continuo de todos los aspectos personales e institucionales.
Artículo 2 - Responsabilidades
2.1. De la
institución educativa
El Colegio Gonzalo
Arango, como institución líder en el campo de la educación, cumple con las
normas que regulan la prestación del servicio educativo y las conductas
sociales e institucionales frente a la población infantil y juvenil de
Colombia.
De igual manera, los
directivos, docentes y comunidad educativa en general del colegio asumen las
obligaciones complementarias indicadas en el artículo 44 del Código de la
Infancia y la Adolescencia de los establecimientos académicos y la comunidad
educativa.
2.1.1. Comprobar la
inscripción en el registro civil de nacimiento.
2.1.2. Establecer la
detección oportuna, apoyo y orientación en casos de malnutrición, maltrato,
abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, explotación económica y
laboral, formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud y trabajo infantil.
2.1.3. Comprobar la
afiliación de los estudiantes a un régimen de salud.
2.1.4. Garantizar a
los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida,
integridad física y moral dentro de la convivencia escolar.
2.1.5. Proteger
eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato,
agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de
los demás compañeros o profesores.
2.1.6. Establecer
mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para
impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla,
desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades
de aprendizaje, o hacia niños y adolescentes con capacidades especiales.
2.1.7. Prevenir el
tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas dentro de las
instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones
efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones
educativas.
2.1.8. Coordinar los
apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la
integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad.
2.1.9. Reportar a
las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o trabajo
infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes.
2.1.10. Orientar a
la comunidad educativa para la formación en salud sexual y reproductiva y vida
en pareja.
2.2.
De la rectora
Además de las
que establece la normatividad vigente y que le son propias, tendrá las siguientes
responsabilidades:
2.2.1. Liderar
el Comité escolar de convivencia.
2.2.2. Incorporar
en los procesos de planeación institucional el desarrollo de los componentes de
prevención y de promoción de la ruta de atención integral para la convivencia escolar.
2.2.3. Liderar
la revisión y ajuste del Proyecto
educativo institucional, el Manual de
acuerdos de convivencia, y el Sistema
institucional de evaluación anualmente, en un proceso participativo que
involucre a la comunidad educativa, en el marco del Plan de mejoramiento institucional.
2.2.4. Reportar
casos de matoneo, violencia escolar y vulneración de derechos sexuales y
reproductivos de los niños, niñas y adolescentes del establecimiento educativo,
en su calidad de presidente del Comité
escolar de convivencia, acorde con la normatividad vigente y los protocolos
definidos en la Ruta de atención integral
y hacer seguimiento a dichos casos.
2.3. De los
docentes
Además de las que establece la normatividad vigente y que les son
propias, tendrán las siguientes responsabilidades:
2.3.1 Identificar, reportar y
realizar el seguimiento a los casos de acoso escolar, violencia escolar y
vulneración de derechos sexuales y reproductivos que afecten a estudiantes del
establecimiento educativo, acorde con los artículos 11 y 12 de la Ley 1146 de
2007 y demás normatividad vigente, con el Manual
de acuerdos de convivencia y con los protocolos definidos en la Ruta de atención integral para la
convivencia escolar. Si la situación de intimidación de la que tienen
conocimiento se hace a través de medios electrónicos igualmente deberá reportar
al comité de convivencia para activar el protocolo respectivo.
2.3.2 Transformar las prácticas
pedagógicas para contribuir a la construcción de ambientes de aprendizajes
democráticos y tolerantes que potencien la participación, la construcción
colectiva de estrategias para la resolución de conflictos, el respeto a la
dignidad humana, a la vida, a la integridad física y moral de los estudiantes.
2.3.3 Participar de los procesos de
actualización y de formación docente y de evaluación del clima escolar del
establecimiento educativo.
2.3.4. Contribuir a la construcción y aplicación del Manual de acuerdos de convivencia.
2.4.
De la familia
Como parte de la comunidad educativa, en el marco del Sistema nacional de convivencia escolar y formación
para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos y la
prevención y mitigación de la violencia escolar, además de las obligaciones
consagradas en el artículo 67 de la Constitución
política, en la Ley 115 de 1994, la Ley 1098 de 2006, la Ley 1453 de 20 11
y demás normas vigentes, deberá:
2.4.1. Proveer a sus hijos espacios y ambientes en el hogar, que generen
confianza, ternura, cuidado y protección de sí y de su entorno físico, social y
ambiental.
2.4.2. Participar en la formulación, planeación y desarrollo de
estrategias que promuevan la convivencia escolar, los derechos humanos,
sexuales y reproductivos, la participación y la democracia, y el fomento de
estilos de vida saludables.
2.4.3. Acompañar de forma permanente y activa a sus hijos en el proceso
pedagógico que adelante el establecimiento educativo para la convivencia y la
sexualidad.
2.4.4. Participar en la revisión y ajuste del Manual de acuerdos de convivencia a través de las instancias definidas
en el Proyecto educativo institucional.
2.4.5. Asumir sus responsabilidades en actividades para el
aprovechamiento del tiempo libre de sus hijos y para el desarrollo de
competencias ciudadanas.
2.4.6. Cumplir con las condiciones y obligaciones establecidas en el Manual de acuerdos de convivencia y
responder cuando su hijo incumple alguna de las normas allí definidas.
2.4.7. Conocer y seguir la Ruta de
atención integral cuando se presente un caso de violencia escolar,
vulneración de los derechos sexuales y reproductivos o una situación que lo
amerite, de acuerdo con las instrucciones impartidas en el Manual de acuerdos de convivencia.
2.4.8. Utilizar los mecanismos legales existentes y los establecidos en
la Ruta de atención integral para restituir los derechos de sus hijos cuando
estos sean agredidos.
2.5. De los
estudiantes
2.5.1. Cooperar en el cumplimiento de la
misión, estrategias y objetivos establecidos en el Proyecto educativo institucional, mostrando una actitud de
pertenencia e identificación con el Colegio.
2.5.2. Cumplir con respeto y diligencia las
obligaciones académicas correspondientes al plan de estudios del Colegio.
Responder con puntualidad, calidad y honestidad a los requerimientos académicos
y disciplinarios, absteniéndose de realizar cualquier acto que cauce la
suspensión o perturbación del servicio educativo ofrecido por la institución.
2.5.3. Asistir a las actividades académicas
con los libros y útiles escolares exigidos en el momento de la matrícula y los
requeridos en el pacto de aula de acuerdo con el docente de cada asignatura.
2.5.4. Cumplir rigurosamente con los horarios,
el porte de uniforme y las programaciones académicas, pedagógicas y culturales
establecidas en el Colegio.
2.5.5. Participar en las actividades extra curriculares institucionales.
2.5.6. Participar activamente en su propia
formación integral, aprovechando todos los espacios pedagógicos y los
establecidos por las distintas instancias como parte del Proyecto educativo institucional, asumiendo compromisos permanentes
de formación y aprendizaje individual y colectivo.
2.5.7. Actuar con respeto, rectitud y
tolerancia frente a sus compañeros, profesores, directivos y demás personal del
Colegio, garantizando los derechos de los demás, sin ningún tipo de
discriminación.
2.5.8. Mantener el buen nombre del Colegio en
el entorno familiar y social, actuando con respeto, urbanidad, civismo y buenas
costumbres.
2.5.9. Garantizar su propio bienestar y el de
los demás, practicando buenos modales, normas de cortesía y hábitos de higiene y
aseo personal, y evitando portar cualquier elemento que interfiera en su
desarrollo afectivo, físico e intelectual o afecte y perturbe a otros miembros
de la comunidad educativa.
2.5.10. Proponer iniciativas que mejoren la prestación del servicio
educativo y el bienestar de la comunidad educativa del Colegio, a través de los
protocolos definidos por la Institución.
2.5.11. Conocer y cumplir los reglamentos y
las decisiones adoptados por el Colegio tomadas por profesores y directivos, en
el marco de dichos reglamentos.
2.5.12. Informar oportunamente a profesores y
directivos del Colegio sobre hechos que perjudican su formación integral, la
convivencia institucional o ponen en riesgo el buen funcionamiento del Colegio.
2.5.13. Reconocer y hacer uso de los
mecanismos establecidos para la participación de la comunidad educativa.
2.5.14. Utilizar adecuadamente los bienes,
servicios y recursos dispuestos por el Colegio para la prestación del servicio
educativo y velar por su cuidado y conservación. En cumplimiento de este deber
asumirá solidariamente la responsabilidad por los daños y desperfectos
ocasionados a dichos bienes y recursos.
2.5.15. Ser facilitador responsable, respetuoso y permanente de la
comunicación entre docentes, directivos del Colegio y padres de familia o
acudientes.
2.5.16. Cumplir con los compromisos o pactos que se realicen a nivel
académico, disciplinario, actitudinal y terapéutico entre él y la Institución.
Artículo
3. Derechos de los estudiantes
Los educandos son titulares de los derechos
definidos en el Código de infancia y adolescencia
(Ley 1098 de 2006), en el Título I, Capítulo II, los contemplados en la Ley
1620 de 2013 o de Convivencia escolar,
y los derivados de la aplicación de la Ley
de la juventud (Ley 1622 de 2013), en tanto que les sea aplicable. De
manera específica, los educandos del Colegio tienen los siguientes derechos
como estudiantes matriculados:
3.1. Participar en los procesos y actividades
diseñadas en el currículo del Colegio para el desarrollo de sus competencias
afectivas, intelectuales, físicas, ciudadanas y sociales que propendan por su
formación integral, y que permitan un desarrollo equilibrado y armónico de sus
habilidades sociales, como estrategias en la consolidación de unas sanas
relaciones y una convivencia pacífica.
3.2. Participar en la construcción y
modificación del Proyecto educativo institucional,
incluyendo el Manual de acuerdos de convivencia,
de conformidad con los procedimientos e instrumentos institucionales
determinados para tal fin.
3.3. Conocer oportunamente los criterios y
reglas de evaluación y promoción académica, así como los resultados de las
decisiones académicas, pedagógicas, disciplinarias y administrativas, adoptadas
como consecuencia de su aplicación.
3.4. Recibir asesoría pedagógica y académica
en cada una de las áreas, asignaturas y proyectos pedagógicos por parte del
personal docente de la institución educativa.
3.5. Participar en las actividades
pedagógicas, sociales, culturales y recreativas en los espacios y tiempos
ofrecidos por el Colegio.
3.6. Recibir un trato cordial, respetuoso y
digno por parte de todos los miembros de la comunidad educativa, poder expresar
libremente sus ideas, y utilizar las formas y medios de participación
establecidos por la institución.
3.7. Recibir orientación escolar cuando sea
solicitada personalmente o a través de los padres o acudientes, o cuando sea
remitido por un profesor o directivo docente de la institución. A ser remitido
al profesional o institución pertinente por la instancia respectiva de la
institución, en caso de requerir un proceso de terapia especial.
3.8. Elegir y ser elegido en los órganos e
instancias de la institución en donde los educandos tengan representación, sin
más restricciones que las determinadas en los respectivos reglamentos.
3.9. Preservar su intimidad personal y familiar.
3.10. Desarrollar sus intereses, inclinaciones y habilidades
intelectuales, artísticas, deportivas y culturales, entre otras, en el marco de
las definiciones establecidas en el currículo.
3.11. Conocer oportunamente las programaciones académicas del Colegio.
3.12. Utilizar los servicios de biblioteca, comedor escolar y otros que
ofrezca la institución, de conformidad con los respectivos reglamentos.
3.13. Ejercer los recursos procedentes contra las decisiones por las
cuales resulte afectado.
Artículo 4. Comité Escolar de Convivencia
4.1. Conformación. El comité escolar de
convivencia estará conformado por:
-El rector quien lo
preside
-El personero
estudiantil
-El orientador
escolar
-El coordinador
-El presidente del
consejo de padres de familia
-El presidente del
consejo de estudiantes
-Un docente que
lidere procesos o estrategias de convivencia escolar
PARÁGRAFO: El comité
podrá invitar con voz pero sin voto a un miembro de la comunidad educativa
conocedor de los hechos en cuestión, con el propósito de ampliar información.
4.2. Funciones
De acuerdo al artículo 12 de la Ley
1620 del 15 de marzo de 2013, Son funciones del comité:
4.2.1. Identificar, documentar,
analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y
estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes.
4.2.2. Liderar acciones que fomenten
la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos
humanos, sexuales y reproductivos y la prevención y mitigación de la violencia
escolar.
4.2.3. Promover la vinculación del Colegio
a estrategias, programas y actividades de convivencia y construcción de
ciudadanía que se adelanten en la región y que respondan a las necesidades de
su comunidad educativa.
4.2.4. Convocar a un espacio de
conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la
convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la
comunidad educativa o de oficio cuando se estime conveniente en procura de
evitar perjuicios irremediables. En estos casos, el estudiante estará
acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del
establecimiento educativo.
4.2.5. Activar la Ruta de atención integral para la
convivencia escolar, frente a situaciones específicas de conflicto, de
acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia o de
vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos
por este comité de acuerdo con lo establecido en el Manual de acuerdos de convivencia, porque trascienden del ámbito
escolar, y revisten las características de la comisión de una conducta punible,
razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que
hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta.
4.2.6. Liderar el desarrollo de
estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia
escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos.
4.2.7. Hacer seguimiento al
cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Manual de acuerdos de convivencia, y presentar informes a la
respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema nacional de convivencia escolar y formación para los derechos
humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la
violencia escolar, de los casos o situaciones que haya conocido el comité.
4.2.8. Proponer, analizar y
viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo
pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el
contexto educativo y su pertinencia en la comunidad para determinar más y
mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía.
Parágrafo 1. Este comité debe darse su
propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones, y demás
aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y
permanencia en el comité del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia
escolar.
Parágrafo 2. El comité escolar de convivencia deberá garantizar el derecho a la
intimidad y la confidencialidad de los datos personales que sean tratados en el
marco de las actuaciones que adelante, conforme a lo dispuesto en la Constitución política, los tratados
internacionales, la Ley 1098 de 2006, la Ley estatutaria 1581 de 2012, el
Decreto 1377 de 2013 y demás normas aplicables a la materia
Capítulo III
Debido proceso
Artículo
1. Debido proceso: es
el conjunto de garantías que busca asegurar a los estudiantes y demás miembros
de la comunidad educativa, una recta y eficaz decisión sobre sus derechos,
basada en un proceso legalmente tramitado, como lo contempla el artículo 29 de
la Constitución. En cumplimiento de este mandato el colegio acoge los
siguientes principios:
1.1. Favorabilidad. Todas
las acciones académicas que se generan y desarrollan en la institución se
encaminan a garantizar el éxito y promoción del estudiante.
1.2. Derecho a la defensa.
Todo integrante de la comunidad tiene derecho a argumentar sus actuaciones y a
desvirtuar sus acusaciones.
1.3. Publicidad. La
comunidad educativa debe conocer ampliamente las normas, procesos y
procedimientos curriculares que guían el funcionamiento de la institución.
1.4. Impugnación. Todo
miembro de la comunidad educativa tiene derecho a controvertir los resultados
académicos, procesos, procedimientos, instancias y decisiones, siempre que se
haga con el debido respeto, dentro de los tiempos establecidos, acatando el
conducto regular y con la debida argumentación.
1.5. Legalidad. Toda
decisión en el ámbito institucional se toma dando aplicación a la Ley 115 de
1994, al decreto 1860 de 1994, al decreto 1290 de 2009, a los Estándares, Lineamientos curriculares,
Proyecto educativo institucional y demás disposiciones del Ministerio y la
Secretaría de educación.
1.6.
Conflictos de interés y causales de impedimento y recusación. El comité escolar
de convivencia atenderá, de acuerdo a la ley, los conflictos de interés, las
casuales de impedimento y de recusación así como el procedimiento para resolverlos,
de tal forma que se garantice la imparcialidad de sus integrantes.
Articulo
2. El plan integral de convivencia y seguridad escolar (PICSE).
Es una estrategia que organiza la convivencia en cuatro ejes: promoción,
prevención, atención y seguimiento; propone la convivencia y los conflictos
internos como una alternativa para crecer y mejorar en concordancia con los
derechos humanos, además de formar y
fortalecer en niños, niñas y jóvenes el desarrollo de la dimensión socio-afectiva,
la construcción del juicio moral, de las habilidades comunicativas, el
pensamiento crítico para la toma de decisiones, la solución de
problemas en ambientes democráticos, con miras a la interacción social sana y
tolerante.
EL Proyecto de convivencia fomenta en los estudiantes la capacidad para
resolver los asuntos propios y crear los contextos que requieren la formación y
puesta en práctica de las competencias ciudadanas, y una inserción del
estudiante de manera significativa y útil a la sociedad.
Es necesario que los integrantes de la
comunidad educativa reflexionen y entiendan las dinámicas que se dan dentro de
la institución y los factores que influyen en la convivencia de estudiantes,
maestros, directivos, administrativos
etc., y se asuma la posibilidad de establecer alternativas de solución de
conflictos cuando estos se presenten.
Nuestro PICSE brinda herramientas de
comunicación y resolución de conflictos a todos
los miembros de la comunidad educativa, teniendo claro que en un grupo social los conflictos hacen parte
de su dinámica diaria, pero lo que puede facilitar su solución es la actitud
que tengamos frente a ellos, destacándose la importancia de la comunicación.
El colegio Gonzalo Arango transforma y
reorienta la sanción en acciones pedagógicas. Por tanto el Manual de acuerdos de convivencia tiene como objetivo central una
pedagogía del entendimiento mutuo y con una estrategia formativa, basada en la comunicación asertiva, presenta medidas e instancias de prevención
y resolución de conflictos.
En consecuencia, todo integrante de la
comunidad educativa tiene el compromiso de mantener excelentes relaciones
humanas, aceptando las diferencias.
Artículo 3. Ruta de atención integral para la convivencia
escolar. Según el artículo 35 del decreto reglamentario
1965 de 2013 Garantía de derechos y aplicación de principios. En todas las acciones que se
realicen en el marco de los diversos componentes de la Ruta de atención integral para la convivencia escolar, se garantiza
la aplicación de los principios de protección integral, incluyendo el derecho a
no ser re-victimizado; el interés superior de los niños, las niñas y los
adolescentes; la prevalencia de los derechos; la corresponsabilidad; la
exigibilidad de los derechos; la perspectiva de género y los derechos de los
grupos étnicos, como se definen en los artículos 7 al 13 de la ley 1098 de
2006. Así mismo, se garantiza el principio de proporcionalidad en las medidas
adoptadas en las situaciones que afecten la convivencia, y la protección de
datos contenida en la Constitución, los tratados internacionales y la ley 1581
de 2012.
Artículo 4. Acciones de la ruta
de atención integral para la convivencia escolar
4.1. Componente de promoción. Se
centra en el desarrollo de competencias y ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos. Determina la calidad del clima escolar y define los
criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad
educativa en los diferentes espacios del colegio y los mecanismos e instancias
de participación, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e
instituciones.
Se consideran acciones de
promoción las políticas institucionales que se concentran en el fomento de la
convivencia y en el mejoramiento del clima escolar, con el fin de generar un
entorno para el ejercicio real y efectivo de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos en los términos establecidos en la ley 1620 de 2013.
En virtud del componente de promoción, el
Comité de Convivencia Escolar deberá adelantar las siguientes acciones:
4.1.1. Liderar el ajuste del Manual de
acuerdos de convivencia.
4.1.2. Proponer políticas institucionales que
favorezcan el bienestar individual y colectivo, que puedan ser desarrolladas en
el marco del Proyecto educativo institucional.
4.1.3. Liderar el desarrollo de iniciativas
de formación de la comunidad educativa en temáticas tales como derechos
humanos, sexuales y reproductivos, sexualidad, competencias ciudadanas,
desarrollo infantil y adolescente, convivencia, así como mediación y
conciliación, para fortalecer el Sistema nacional de convivencia escolar.
4.1.4. Fortalecer la implementación y
evaluación de proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad y
construcción de ciudadanía desde preescolar, que correspondan a las
particularidades socioculturales del contexto en el que se encuentra el colegio.
4.1.5. Articular el diseño, implementación,
seguimiento y evaluación de proyectos para el desarrollo de competencias
ciudadanas orientados a fortalecer un clima escolar y de aula positivos que
aborden como mínimo temáticas relacionadas con la clarificación de normas, la
definición de estrategias para la toma de decisiones, la concertación y la
negociación de intereses y objetivos, el ejercicio de habilidades
comunicativas, emocionales y cognitivas a favor de la convivencia escolar,
entre otros.
4.1.6. Generar mecanismos y herramientas para
que el desarrollo de competencias ciudadanas.
4.2. Componente
de prevención. Se consideran acciones de prevención las que buscan
intervenir oportunamente en los comportamientos que podrían afectar la
realización efectiva de los derechos humanos, sexuales y reproductivos con el
fin de evitar que se constituyan en patrones de interacción que alteren la
convivencia de los miembros de la comunidad educativa. Hacen parte de las acciones de prevención:
4.2.1. La identificación de los riesgos de
ocurrencia de las situaciones más comunes que afectan la convivencia escolar y
el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, a partir de las
particularidades del clima escolar y del análisis de las características
familiares, sociales, políticas, económicas y culturales externas, que inciden en
las relaciones interpersonales de la comunidad educativa, de acuerdo con lo
establecido en el numeral 5 del artículo 17 de la Ley 1620 de 2013.
4.2.2. El fortalecimiento de las acciones que
contribuyen a la mitigación de las situaciones que afectan la convivencia
escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos;
identificadas a partir de las particularidades mencionadas en el numeral 4.2.1.
4.2.3. El diseño de protocolos para la
atención oportuna e integral de las situaciones más comunes que afectan la
convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
4.3. Componente de atención. Acciones que
permiten ofrecer asistencia a los miembros de la comunidad educativa frente a
las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los
derechos humanos, sexuales y reproductivos, mediante la implementación y
aplicación de protocolos internos del colegio y la activación, cuando fuere
necesario, de los protocolos de atención que para el efecto se tengan
implementados por parte de los demás actores que integran el Sistema nacional de convivencia escolar.
4.3.1 Definiciones. Para efectos del
presente la implementación del componente de Atención se precisan los
siguientes conceptos:
4.3.1.1. Conflictos. Situaciones en las
que hay un desacuerdo, real o aparente, entre una o varias personas frente a
sus intereses.
4.3.1.2. Conflictos manejados
inadecuadamente. Situaciones en las que los conflictos no son resueltos de
manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar,
como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la
comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante, sin que
exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados.
4.3.1.3. Agresión escolar. Acción
realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que busca afectar
negativamente a otros miembros de la comunidad educativa (estudiantes,
docentes, padres de familia y directivos docentes), de los cuales por lo menos
uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual,
relacional y electrónica.
4.3.1.3.1. Agresión física. Acción que
tiene como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona.
Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños,
pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
4.3.1.3.2. Agresión verbal. Acción que
busca con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros.
Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
4.3.1.3.3. Agresión gestual. Acción que
busca con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.
4.3.1.3.4. Agresión relacional. Acción
que busca afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye
excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos
buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente
a otros.
4.3.1.3.5. Agresión electrónica. Acción
que busca afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos.
Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet,
realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes
sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u
ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien
los envía.
4.3.1.4. Acoso escolar (bullying). Toda
conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de agresión,
intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento
deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato
psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o
adolescente por parte de uno o varios de sus pares con quienes mantiene una
relación de poder asimétrica (sin igualdad de condiciones), que se presenta de
forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir
por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra
docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno; en general entre
los miembros de la comunidad educativa.
4.3.1.5. Ciberacoso escolar
(ciberbullying). Forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de
información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos
online) para ejercer maltrato psicológico continuado.
4.3.1.6. Violencia sexual. "Todo
acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o
adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física,
psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de
desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor" (artículo
2 de la ley 1146 de 2007).
4.3.1.7. Vulneración de los derechos de los
niños, niñas y adolescentes: Situación de daño, lesión o perjuicio que
impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
4.3.1.8. Restablecimiento de los derechos
de los niños, niñas y adolescentes: Conjunto de actuaciones administrativas
y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e
integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar
efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.
4.4. Tipos
de afectación convivencial, procedimientos y sanciones
Se entiende por situación de afectación convivencial, el no
cumplimiento o quebrantamiento de un deber establecido en el Manual de acuerdos de convivencia; se
calificarán como tipo 1, tipo 2 y tipo 3, atendiendo a su naturaleza y sus
efectos, modalidades y circunstancias del hecho, motivos determinantes y
antecedentes personales del estudiante. Al ingresar
a la institución el estudiante acepta el Manual
de acuerdos de convivencia y debe cumplir con lo estipulado en este; para
tal fin, el observador del estudiante servirá como herramienta
de seguimiento de sus acciones, desempeños académicos y convivenciales, y, en
cada caso que se requiera, deberá estar firmado por el docente, el estudiante y
el padre de familia.
4.4.1. Situaciones de afectación tipo 1
Conflictos manejados inadecuadamente y
situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en
ningún caso generan daños al cuerpo, a la salud física y/o mental o a su
entorno. Son comportamientos que
obstaculizan el desarrollo normal de las actividades escolares y perturban el
orden. Para los estudiantes del Colegio Gonzalo Arango son todas los definidas
en el presente Manual y en especial las
siguientes:
1. Falta total o parcial en el uso del
uniforme.
2. Inasistencias injustificadas.
3. Incumplimiento frecuente del horario
establecido por el colegio: retardos al comenzar la jornada escolar, a la
llegada al salón en los cambios de clase y al finalizar el descanso. Dejar de asistir
a clases cuando se encuentre en el colegio.
4. No guardar la debida compostura en los actos
comunitarios.
5. Descuido en la presentación personal
reflejada en el uniforme diario, de educación física y en su aseo personal.
6. Descuidar el aseo de su lugar de trabajo,
salón, patio y en general de su entorno.
7. Asumir un mal comportamiento en el comedor
8. Hacer mal uso de los alimentos como
regarlos, botarlos o jugar con ellos.
9. Hacer uso de celulares, aparatos
electrónicos, juegos, revistas o cualquier elemento que perturbe el normal
desarrollo de las clases y eventos comunitarios.
10. Usar maquillaje, esmalte y accesorios no
permitidos con los uniformes.
11. Realizar venta de comestibles y/o participar
en juegos de azar.
12. Hacer uso inadecuado de los materiales, el
mobiliario, las aulas y otros espacios de la Institución.
13. Incumplir con la entrega de circulares o
notificaciones a los padres.
4.4.2. Procedimiento para
las situaciones de afectación convivencial tipo 1.
1. Atención
a la Queja. Dialogo con las
partes mediación y conciliación.
2. Asamblea
de Aula, Cuando el proceso
de mediación no resuelve el conflicto o la situación se vuelve a presentar en
la misma o mayor gravedad, la dirección de grupo asume la situación en una asamblea de aula, de conformidad a los
pactos hechos previamente con el grupo.
3. Citación
de acudiente, Ante el
incumplimiento del pacto hecho en asamblea de aula o la reincidencia con
agravantes de la situación de conflicto, se cita a los padres o acudientes para
la firma de un compromiso convivencial en
familia y acciones y estrategias con seguimiento.
4. Comité
de Nivel, Ante el
incumplimiento de padres, acudientes y/o estudiante de los compromisos hechos
en la instancia anterior que genera la inmediata remisión a Coordinación y de allí
a Orientación, de ser necesario, para convocar al Comité de nivel y realizar
acciones pedagógicas y convivenciales que pueden implicar la firma de un acta
de compromiso de cambio o mejoramiento de la conducta del estudiante, con el
correspondiente registro en el observador, así como acciones de reivindicación,
restauración y reparación, o proponer escalar
a situaciones tipo 2.
4.4.3. Situaciones de afectación convivencial tipo 2
Son
aquellas que conllevan un perjuicio material, moral o físico y se cometen con
la intención de hacer daño y entorpecer
el clima y ambiente institucional. En concordancia a la Ley 1620,
corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar
(bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de
la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes
características:
a.
Que
se presenten de manera repetida o sistemática.
b.
Que
causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para
cualquiera de los involucrados.
Se consideran de gravedad y son:
1. Incumplir el compromiso convivencial hecho
ante la afectación tipo 1 reiterada con el aval de los padres de familia.
2. Adulteración de firmas, documentos o
materiales y o trabajos.
3. Ausentarse del establecimiento educativo sin
autorización institucional.
4. Las actuaciones de palabra o de hecho,
dentro o fuera del establecimiento educativo, que atenten contra el buen nombre
del colegio, de las normas contempladas en el presente manual
5. Sustraer bienes de propiedad del colegio o de cualquier miembro de
la Comunidad educativa
6. El fraude académico, notas, trabajos y
evaluaciones.
7. Los actos de
vandalismo y daños intencionales contra la planta física del colegio así como
los materiales y equipos del mismo
8. Emplear el nombre del colegio sin
autorización de las directivas para actividades diferentes a las labores
académicas, culturales, científicas y artísticas.
9. Realizar juegos que atenten o coloquen en
riesgo la integridad física de él y de sus compañeros.
10. Consumir sustancias psicoactivas incluidos el licor y los cigarrillos dentro del colegio o fuera de él portando el uniforme, así como la falta de compromiso en las actividades institucionales de prevención.
4.4.4. Procedimiento para las situaciones de
afectación convivencial tipo 2
Primera instancia
1. Coordinación recibe la queja por parte del o
la estudiante afectada u otra persona de la comunidad educativa, durante los horarios
de atención. Si el caso lo amerita se atiende de manera inmediata.
2. Una vez se valora
y evidencia que la afectación es de tipo 2 (según lo consignado para este caso
en el Manual de acuerdos de convivencia), si es necesario se remite a
Orientación.
3. Coordinación
informará de manera inmediata a padres o acudientes y Orientación escolar apoyará
el proceso de atención y protección de la víctima en las entidades pertinentes.
4. Coordinación
evalúa la reunión con padres de familia o acudientes y en primera instancia se
pueden firmar compromisos (acciones de mediación, pedagógicas y de reparación)
con seguimientos puntuales.
Segunda instancia
- Coordinación
evalúa la situación y remite el caso a Rectoría. Si la situación lo amerita
se pide la atención inmediata al Primer
respondiente, ante el evento de una lesión física o a Orientación si la
afectación es mental.
- La
Rectora convoca de manera extraordinaria al Comité de convivencia y le
informa sobre la situación. El Comité
debe realizar el seguimiento a las remisiones hechas y a las
acciones pedagógicas propuestas.
Analizará y decidirá si activar o no el protocolo para situaciones tipo 3.
3. El Comité de convivencia definirá las
estrategias y los mecanismos para garantizar el derecho a la intimidad y la
confidencialidad de los documentos generados por la situación, así como de las
informaciones suministradas por las personas que intervengan en las situaciones
y de toda la información que se genere dentro de las mismas.
4.4.5. Situaciones de afectación convivencial tipo
3.
Situaciones de agresión escolar que sean
constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación
sexual, referidos en el título IV del
libro 11 de la ley 599 de 2000, o cuando constituyen cualquier otro delito
establecido en la ley penal colombiana vigente. Son las actitudes y comportamientos
violentos contra sí mismo, contra los demás y contra su entorno, pueden ser de
hecho o de palabra, logrando intimidar a las personas que le rodean, afectando
su dignidad humana y poniendo en peligro la integridad física o
psicológica tanto de los miembros de la
comunidad educativa como de personas externas. Son faltas que ameritan
remisión inmediata al Comité de convivencia:
1. El porte de armas
de cualquier naturaleza dentro de la institución.
2. Participar,
liderar e incurrir en actos delictivos dentro del colegio.
3. Amenazar o
extorsionar de manera verbal o escrita a cualquier miembro de la Comunidad
educativa.
4. Porte o tráfico
de sustancia psicoactivas dentro de la institución o en actividades programadas
fuera de la misma.
5. Agresión física
con armas a cualquier miembro de la comunidad educativa.
4.4.6. Procedimiento para las situaciones de
afectación convivencial tipo 3
1 Recepción de la queja de manera inmediata la
cual debe ser de conocida por Coordinación, Rectoría y Orientación escolar.
2 Garantizar la atención inmediata en salud
física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades
competentes, actuación de la cual se dejará constancia, desde Coordinación y
Orientación.
3 Coordinación Informará de manera inmediata a
los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, y se
dejará constancia de ello.
4 Orientación activará el protocolo Distrital
de atención, informará a la policía y a otras entidades de protección y subirá
las alertas al sistema, incluyendo el registro de la alerta de accidentalidad.
De todo ello se dejará constancia en el observador de los estudiantes
involucrados.
5
Rectoría como presidente del Comité escolar de convivencia comunicará
la situación de manera inmediata y citará a una reunión extraordinaria de dicho
Comité. Tal reunión se realizará
dentro de los 3 días siguientes a la
información de coordinación.
6
Rectoría informará al Comité escolar de convivencia
sobre los hechos que dieron lugar a la convocatoria, así como del reporte
realizado ante la autoridad competente, guardando reserva de aquella
información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad
de las partes involucradas. El Comité tomará las decisiones y los seguimientos
respectivos.
Si las faltas se asimilan a los delitos contemplados
en la legislación vigente, se debe poner en conocimiento de la autoridad
competente.
4.4.7. Tipos de sanciones
Los siguientes son los diferentes tipos de sanciones, que serán
aplicables a cada caso, según sus circunstancias:
4.4.7.1. Amonestación verbal
Consiste en un dialogo reflexivo con el estudiante en el momento
oportuno, en el que se procurará hacer ver sus dificultades y la necesidad de
un cambio de actitud y de comportamiento. El estudiante podrá presentar al
docente una propuesta respetuosa, verbal o escrita, derivada de este análisis
teniendo en cuenta el Manual de acuerdos
de convivencia y las recomendaciones del docente. Si fuere escrita, el
documento deberá quedar consignado en el observador del estudiante. La
amonestación verbal podrá completarse con la instrucción de realizar una acción
pedagógica o de servicio social, acorde con la falta cometida.
4.4.7.2. Amonestación escrita
Consiste en describir la falta en el observador del estudiante,
señalándose si es reincidente o a cometido otras faltas. El estudiante debe
reconocer su falta y/o escribir los descargos, redactar un compromiso de cambio
y mejoría y, finalmente, firmar. El estudiante por sí mismo, y si fuere
necesario en conjunto con el padre de familia o acudiente, debe presentar a Coordinación
una respuesta escrita derivada de este análisis y reflexión teniendo en cuenta
el Manual de acuerdos de convivencia.
Este documento debe quedar consignado en el observador del estudiante.
4.4.7.3. Notificación al padre de familia
y/o acudiente y firma de compromiso
Cuando el estudiante persiste en un comportamiento incorrecto sin
mostrar evidencia de cambio, se citará al acudiente para informarle sobre las
anomalías presentadas. En este encuentro deben estar presentes las partes, se
deja constancia en el observador del estudiante con las correspondientes firmas
y se procede a suscribir el compromiso pedagógico o de convivencia según el
caso.
4.4.7.4. Afectación en la valoración del
comportamiento
Al
finalizar cada periodo, con base en las anotaciones hechas en el observador del
estudiante, teniendo en cuenta el criterio del grupo docente responsable de
definir la valoración final de comportamiento, el director(a) de grupo y Coordinación, determinarán la calificación y dejarán
constancia en el observador y el boletín.
4.4.7.5. Matrícula en observación
Se determinará matrícula en
observación académica y convivencial, cuando el Comité de convivencia escolar considere que, a pesar de haber
tenido el estudiante suficiente acompañamiento y seguimiento, no se ha logrado
el comportamiento adecuado, de acuerdo a la filosofía institucional, P.E.I. y Manual de acuerdos de convivencia. Los
padres o acudientes deberán atender el llamado del Colegio para firmar la matrícula en observación, la cual es
válida por tiempo determinado sin que éste exceda un año escolar. Le
corresponde al Coordinador con aval de Rectoría, aplicar esta sanción después
de recibir del Comité de Convivencia las recomendaciones escritas. La matrícula en observación es un
compromiso formal para mejorar y debe ser aceptada y firmada por los
estudiantes y padres o acudientes. La medida podrá ser apelada ante el Consejo
directivo en los siguientes 5 día hábiles únicamente. Todos los estudiantes
con matrícula en observación serán evaluados periódicamente por el Comité de convivencia en reunión
ordinaria.
4.4.7.6. Recomendación de traslado de institución educativa
Es
una decisión tomada por el Comité de convivencia
ante constantes comportamientos considerados como afectaciones tipo 2 o tipo 3, que atenten contra el bien general
del grupo o de la institución, después de haber agotado el debido proceso. La
rectoría comunica mediante una resolución la decisión del Comité de convivencia. Esta sanción puede darse en cualquier
momento del año lectivo. También podrá adoptarse excepcionalmente, cuando se
cometa una sola falta o afectación convivencial de tipo 3, sin dejar de
realizar las debidas remisiones a las entidades pertinentes, posibles o
convenientes, teniendo en cuenta las circunstancias.
Esta
medida tendrá como instancia de apelación o reposición el Consejo directivo, con un plazo de 5 días hábiles a partir de la
fecha de la notificación de la resolución rectoral.
Parágrafo 1: Como parte del debido proceso se deberá
notificar al padre de familia por escrito sobre la falta cometida y sobre la
sanción impuesta.
4.4.7.7. Perdida de la calidad del estudiante
Se
perderá la calidad de estudiante del colegio Gonzalo Arango:
1. Al
terminar el grado máximo ofrecido por la institución.
2. Al
reprobar por segunda vez un mismo grado (Art. 91. Ley 115 de 1994).
3. Por recomendación del Comité de convivencia con el aval de rectoría.
3. Por recomendación del Comité de convivencia con el aval de rectoría.
4.4.8. Atenuantes
Se consideran causales que atenúan la responsabilidad del estudiante
en caso de cometer falta:
1.
La edad, el desarrollo mental,
psico-afectivo y volitivo, así como las circunstancias personales, familiares y
sociales.
2.
El contexto de la falta, es
decir, el cómo y el por qué ocurrieron los hechos.
3.
Haber observado buena conducta
y buen rendimiento académico.
4.
Haber sido inducido o amenazado
por parte de otras personas.
4.4.9. Protocolos de atención:
Para la atención de situaciones tipo l, tipo 2 y tipo 3 (Ver cuadros más abajo en el Anexo 1)
Capítulo IV
Servicio
social estudiantil obligatorio
Artículo 1. Definición
Los
estudiantes deben prestar el Servicio
social estudiantil obligatorio según lo establecido en los artículos 88-97
y 2004 de la Ley 115, artículos 11 y39 del Decreto 1860 de 1994 y de
conformidad con la resolución ministerial 4210 de 1996, para optar al título de
bachiller
El Servicio social estudiantil obligatorio
se prestará en el Colegio Gonzalo Arango I.E.D durante 100 (cien) horas.
Artículo
2. Objetivos generales del servicio social
1. Sensibilizar al estudiante frente a las
necesidades, interese, problemas y potencialidades de su comunidad, para que
adquiera y desarrolle compromisos y actitudes en relación con su mejoramiento.
2. Contribuir al desarrollo de la solidaridad,
la tolerancia, la cooperación, el respeto a los demás, la responsabilidad y el
compromiso con su entorno social.
3. Promover acciones educativas orientadas a la
construcción de un espíritu de servicio para el mejoramiento permanente de la
comunidad y a la prevención integral de problemas socialmente relevante.
4. Promover la aplicación de conocimientos y
habilidades logrados en las áreas obligatorias definidas en el plan de
estudios, que favorezcan el desarrollo social y cultural de su comunidad.
5. Fomentar la práctica del trabajo y del
aprovechamiento del tiempo libre, como derechos que permiten la dignificación
de la persona y el mejoramiento de su calidad de vida.
Artículo
2. Requisitos
1. Entregar oportunamente los documentos de
inscripción.
2. Cumplir estrictamente con el reglamento del servicio social estudiantil
obligatorio y con las funciones
asignadas.
3. Cumplir con las cien (100) horas de Servicio
Social estudiantil obligatorio establecidas por el Colegio Gonzalo Arango IED.
4. Tramitar
oportunamente el certificado ante la secretaría académica.
5. Manifestar actitudes de respeto,
solidaridad y compromiso en los
diferentes quehaceres asignados.
6. Representar con dignidad al Colegio Gonzalo
Arango IED.
Artículo
3. Reglamento del servicio social estudiantil
Al
inscribirse el estudiante se compromete a:
1. Portar el uniforme en forma adecuada de
acuerdo al horario de clases.
2. Cumplir con el horario y las funciones
asignadas de manera responsable y eficiente, destacándose por la disciplina de
trabajo y cooperación.
3. Llegar al sitio puntualmente y salir a la
hora indicada.
4. Permanecer EXCLUSIVAMENTE en el sitio de
trabajo durante el tiempo de Servicio social.
5. Brindar un trato amable, respetuoso y
considerado a todo el personal de la Institución y de la dependencia a la cual
fue asignado.
6. En caso de presentarse una situación de
difícil manejo o de la cual no entienda el procedimiento, el estudiante
consultará a la persona responsable de la actividad.
7. El permiso para salir del sitio de Servicio
social antes de tiempo será solicitado por los padres de familia con una nota
escrita y firmada con copia a la Orientación del colegio. (No hacerlo causa
suspensión de la práctica). Los permisos de salida anticipada no deben exceder
de 2 días.
8. La ausencia al sitio de prestación del
Servicio social se justifica con constancias médicas, de lo contrario después
de dos ausencias se suspende al estudiante y se le asigna otro lugar cuando
haya disponibilidad. En estos casos se prioriza la asignación a estudiantes que
aún no hayan iniciado su servicio.
9. Si se retira del Servicio social antes de
completar las horas requeridas, el trabajo que haya realizado no será válido.
10. Si por alguna circunstancia el sitio y/o la
persona que es responsable del lugar de práctica no está disponible en el día y
hora establecidos, se debe dejar constancia de la situación en la planilla.
11. Todos los días el estudiante diligenciará la
casilla correspondiente a las actividades realizadas y la planilla será firmada
por la persona responsable.
12. La responsabilidad académica no es motivo para
faltar al Servicio social.
13. Se hace necesario que el estudiante y la
familia organicen bien el tiempo en casa y así cumplir con lo exigido, ya que
hay más estudiantes en turno de espera para hacer el servicio.
14. Los padres de familia y/o acudiente estarán
enterados del sitio y horario de la prestación del servicio de su hijo(a).
15. Al finalizar el Servicio social obligatorio, el
estudiante entregará la planilla original y una fotocopia para el recibido a la
Secretaria académica quien
diligenciará el certificado correspondiente con el visto bueno previo del
coordinador de Servicio Social. Dicho certificado es indispensable para
graduarse como bachiller. El no hacer este trámite inmediatamente terminado el
servicio invalida el tiempo de servicio prestado.
16. Si un estudiante realizó servicio social en el
colegio donde curso el año anterior, deberá presentar original y copia del
respectivo certificado con el membrete de la institución y firma de Rectoría.
17. Portar durante la prestación del servicio
social obligatorio la carpeta de control de asistencia junto con la fotocopia
del documento de identidad y del carnet de afiliación a una EPS. Se debe hacer firmar la planilla de control a
diario con hora de ingreso y hora de salida por parte de la persona
responsable.
18. La planilla de control de asistencia al
servicio social, será diligenciada con los datos completos: nombres, documento
de identidad, EPS, números telefónicos, dirección actual y nombre del
acudiente. Se anexarán fotocopias ampliadas del documento de identidad y del
carnet de afiliación a una EPS.
Capítulo
V
Bienestar
estudiantil
Artículo
1. Definición.
El Colegio Gonzalo Arango por su carácter distrital,
ofrece las condiciones necesarias para que nuestras niñas, niños y jóvenes, encuentren
un ambiente humano y escolar propicio para su aprendizaje y desarrollo.
De igual forma, las familias y la Institución
Educativa, deben garantizar el bienestar de la población estudiantil, su protección y su integridad personal dentro del marco legal establecido.
Artículo
2. Componentes
Para el bienestar de nuestros estudiantes el
Colegio Gonzalo Arango cuenta con:
1.
Un
comedor Escolar que ofrece alimentos
de valor nutricional, fortaleciendo hábitos de alimentación saludable.
2. Una biblioteca, con cómodas instalaciones y
libros de consulta y lectura. Un espacio educativo que brinda a todos los
miembros de la comunidad académica materiales bibliográficos que son
herramientas de apoyo para el desarrollo personal y el Proyecto Educativo
Institucional. Además brinda orientación sobre el uso de recursos tecnológicos
y de fuentes de información, supliendo necesidades educativas de cada uno de
sus usuarios. La biblioteca escolar es un bien público, los usuarios de este servicio
deben y tiene la responsabilidad de cuidar este bien común.
3.
La
tienda escolar que cumple con los requerimientos de la SED,
ofreciendo productos con valor nutricional para los estudiantes.
4.
Una
planta física nueva, que requiere
del cuidado permanente por parte de nuestros estudiantes. Su cuidado refleja amor y sentido de
pertenencia hacia el colegio.
5.
La
Secretaría de Educación y la Secretaría de Salud, mantienen el Convenio 137 que ofrece a los niños,
niñas y adolescentes de los Colegios del Distrito, en casos de accidente dentro
o fuera de la Institución, los siguientes beneficios:
a.
Atención en la red de hospitales públicos del
Distrito.
b.
Atención de los niños y niñas que no tienen
ningún tipo de afiliación en salud.
c.
Cubrir los procesos de recuperación por
accidente.
d.
Cubrimiento durante las 24 horas del día, los
365 días del año.
e.
Cubre cuotas moderadas o copagos en el
proceso de atención y recuperación.
f.
Tope de tres salarios mínimos para la atención de accidentes. En caso de que
ameriten montos superiores, se atiende al niño de todas maneras.
g.
Los niños que tienen EPS deben acudir a
hospitales de la red de hospitales oficiales o a cualquier centro clínico y el
servicio se factura a nombre del convenio 137 (Fondo de Salud). El trámite lo
realizan internamente los hospitales y las EPS.
h.
Cobertura a
Distrital.
i.
Rehabilitación oral en caso de accidente.
j.
Servicio de información para aclarar
cualquier inquietud por medio de correo electrónico accidentalidadescola@sedbogota.edu.co, los teléfonos: 3649090 Extensiones 9830 y 9897, 3241000 Extensión 3126
o en el Colegio.
k.
En caso de accidente
de tránsito el primer pagador es el SOAT, pero si es el monto es muy alto, el
excedente lo cubre la EPS y el acuerdo 137.
No incluye auxilios funerarios.
6.
Acompañan
a la Institución el Hospital de Suba
y la Clínica Corpas, promoviendo
actividades de vacunación, suministro de
sulfato ferroso, valoración visual,
asesoría en salud mental, etc. En esto procesos se solicita siempre la
autorización o consentimiento de los padres de familia o acudientes.
7.
El
Programa SISVAN escolar, que permite
a través de nutricionistas del Hospital de Suba, identificar a los niños, niñas
y adolescentes que presentan problemas de desnutrición, riesgo de desnutrición
o sobre peso para orientarlos hacia el respectivo tratamiento.
ANEXO 1
PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN
PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN SITUACIONES TIPO 1
Corresponden a este tipo los
conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que
inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños
al cuerpo, a la salud física y/o mental o a su entorno. Para los estudiantes del Colegio Gonzalo Arango son los
definidos en el numeral 4.4.1 del capítulo III.
|
||||
INSTANCIA
|
PROCEDIMIENTO
|
RESPONSABLE
|
REGISTRO
|
SEGUIMIENTO
|
ATENCIÓN A LA QUEJA
|
Se realiza la
recepción de la queja por parte del director de curso del o la estudiante
afectada u otra persona. La recepción se puede dar por cualquier miembro de la Institución
educativa, según sus horarios de atención y disposición de tiempo. Si la
situación es atendida por Directivos, Administrativos u Orientación se remite
el caso al Docente o director de grupo.
|
-DOCENTE
O DIRECTOR (A) DE GRUPO.
|
Se
puede recibir de manera verbal o escrita.
![]()
A
través de carta hecha por el afectado o registro en acta realizada de la
atención de la queja.
|
La recepción
de la queja se hace en los tiempos de atención de cada instancia y su
atención se realiza en los primeros cinco días hábiles siguientes a la
recepción de la situación de conflicto.
|
Una vez se valora y evidencia que la
afectación es de tipo 1 (según lo
consignado para este caso en el Manual de convivencia), se realizan procesos
pedagógicos para mediar en el conflicto, tales como: dialogo con las partes,
reflexión, conciliación con terceros que puedan intervenir, y se llega a compromisos. No se harán
amonestaciones por escrito en el observador, sin antes haber realizado
acciones de diálogo o compromisos pedagógicos.
Si
se evalúa que la situación es de tipo 2 (según lo descrito en el Manual de convivencia)
se procede con la tención establecida en este protocolo.
|
-DOCENTE
O DIRECTOR (A) DE GRUPO.
- Mediador escolar
|
La
acción pedagógica utilizada se consigna en la rejilla de Registro
convivencial y se anexan actas, compromisos o acuerdos de ser necesario.
|
Atención
a la situación de conflicto no mayor a
cinco días, sin vulnerar el derecho de defensa y del debido proceso.
Se realiza
seguimiento constante con fechas estipuladas en el proceso de mediación,
inicialmente por 8 días después de realizar la mediación o el proceso
pedagógico elegido.
|
|
ASAMBLEA DE
AULA
|
Cuando el
proceso de mediación no resuelve el conflicto o la situación se vuelve a
presentar en la misma o mayor gravedad, la dirección de grupo asume la
situación en una Asamblea de Aula, de conformidad a los pactos hechos
previamente durante la Dirección de grupo.
|
-
DIRECTOR DE
GRUPO.
-
CURSO.
|
-ACTA
DE ASAMBLEA DE AULA con los compromisos.
|
Atención en
segunda instancia no mayor a 5 días después de conocer el incumplimiento o la
reincidencia en la falta.
|
CITACIÓN ACUDIENTE
|
Ante le
incumplimiento del Pacto hecho en asamblea de Aula o la reincidencia con
agravantes de la situación de conflicto, se cita a los padres o acudientes
para la firma de un compromiso convivencial en Familia y acciones y
estrategia s con seguimiento.
Ante el
incumplimiento reiterado de los padres a esta citación (3veces) se informa a
coordinación – Orientación.
|
-
DIRECTOR DE
GRUPO.
-
PADRES O
ACUDIENTES Y ESTUDIANTE.
|
Circular de
citación, Acta de compromiso con
padres y registro en el observador del estudiante.
|
Citación inmediata
A Padres de Familia, ante la presencia de las acciones propias de esta
instancia, con seguimiento continuo de los compromisos (quincenales) y
seguimiento a las citaciones.
|
COMITÉ DE NIVEL
|
Ante el
Incumplimiento de Padres y estudiante de los compromisos hechos en la
instancia anterior que generan la inmediata remisión a Coordinación y de este
a Orientación, se debe convocar al Comité de nivel y realizar acciones
pedagógicas y convivenciales que pueden implicar la firma de un acta de
compromiso de cambio o mejoramiento de la conducta del estudiante, incluido
en el observador; acciones de reivindicación, restauración y reparación, a proponer o escalar a Situaciones tipo 2..
|
-
COORDINACIÓN
-
.DIRECTOR DE
GRUPO.
-
DIRECTORES
DE GRUPO DEL NIVEL.
-
PERSONERO(A)
-
PADRE DE
FAMILIA
|
Recolección de
los documento de la otras instancias, Acta del Comité de Nivel informe y
compromiso con las decisiones dadas en el comité Coordinación y registro en
el observador del estudiante. Director de curso.
|
Citación al
Comité de nivel, en un plazo no mayor a 5 días y seguimiento a las
recomendaciones y estrategias planteadas allí.
|
PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN SITUACIONES TIPO 2
Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar y ciber-acoso, que no revistan las características de la comisión
de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:
a. Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b. Que causen daños al cuerpo o la salud o sin generar incapacidad
alguna para cualquiera de los involucrados, o a su entorno.
c. Las que se consideran de
gravedad en numeral 4.4.3 del capítulo III del Manual de convivencia
|
||||
INSTANCIA
|
PROCEDIMIENTO
|
RESPONSABLE
|
REGISTROS
|
SEGUIMIENTO
|
PRIMERA INSTANCIA
|
Se realiza la
recepción de la queja por parte coordinación y orientación del o la
estudiante afectada u otra persona de la comunidad educativa, según sus
horarios de atención. Si se amerita se atiende de manera inmediata.
|
-COORDINACIÓN
-ORIENTACIÓN
-DOCENTE
O DIRECTOR (A) DE GRUPO.
|
Se
puede recibir de manera verbal o escrita. Sin embargo, la situación se debe
registrar de manera escrita en el observador del estudiante con los debidos
soportes de descargos. Director de curso.
|
La recepción
de la queja se hace en los tiempos de atención de cada instancia y su
atención se realiza en los primeros cinco días hábiles siguientes a la
recepción de la situación de conflicto.
|
Una vez se
valora y evidencia que la afectación es
de tipo 2 en cuanto a afectación física o mental (según lo consignado
para este caso en el Manual de convivencia), se pide la atención inmediata del
Primer Respondiente, ante el evento de una lesión física.
|
-COORDINACIÓN
-ORIENTACIÓN
-PRIMER
RESPONDIENTE.
-DOCENTE O
DIRECTOR (A) DE GRUPO.
|
Observador
del estudiante. Acta de Atención por convenio 3042 del Primer respondiente.
Citación a Padres. Coordinación.
|
Para la
atención de estas situaciones se dispone de un término máximo de cinco (5)
días lectivos, contados a partir de la ocurrencia o del conocimiento de la
misma, sin vulnerar el derecho de defensa y del debido proceso a favor del
inculpado.
|
|
Coordinación
llamará de manera inmediata a Padres o acudientes y Orientación Escolar apoya el proceso de
atención y protección de la víctima en las entidades pertinentes.
Coordinador
evalúa la situación y en primera instancia se pueden firmar compromisos
(acciones de mediación, pedagógicas y de reparación) con seguimientos
puntuales y /o Matricula en observación
|
-COORDINACIÓN
-ORIENTACIÓN
-DOCENTE O DIRECTOR (A) DE
GRUPO
|
Observador
del estudiante, formato de remisión externa. Orientación. Acta de Compromisos. Coordinación.
|
Atención en
segunda instancia no mayor a 5 días después de conocer el incumplimiento o la
reincidencia en la falta.
|
|
SEGUNDA INSTANCIA
|
Rectoría
convoca de manera extraordinaria al comité de Convivencia. Se dará un informe
al comité de convivencia quien debe
realizar el seguimiento a las remisiones hechas y a las acciones pedagógicas propuestas. Analizará la necesidad de
activar o no el protocolo para situaciones tipo 3.
Coordinación
cita a los padres de familia.
Orientador
sube el caso al Sistema distrital de alertas e informa al Comité de
convivencia. Si es el caso se remite a las autoridades competentes..
|
-COORDINACIÓN
-ORIENTACIÓN
-COMITÉ
DE CONVIVENCIA
|
Circular
de citación, Acta de compromiso con
padres . Coordinación y registro en el observador del estudiante. Director de
curso.
|
Citación
inmediata a Comité de convivencia, en un término máximo de cinco (5) días
siguientes al conocimiento de la situación informada por coordinación.
Seguimiento a las remisiones realizadas y a la
retroalimentación hecha ante el reporte en el Sistema distrital de alertas.
|
El Comité de convivencia determinará las
estrategias para definir los mecanismos que garanticen el derecho a la intimidad
y a la confidencialidad de los documentos generados de la situación, así como
de las informaciones suministradas por las personas que intervengan en las
actuaciones y de toda la información que se genere dentro de las mismas.
|
COMITÉ DE CONVIVENCIA
|
ACTA COMITÉ DE
CONVIVENCIA.
|
PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN SITUACIONES TIPO 3
Corresponden a esta tipo las situaciones de agresión escolar que sean
constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación
sexual, referidos en el Título IV del Libro 11 de la Ley 599 de 2000, o
cuando constituyen cualquier otro delito establecido en la ley penal
colombiana vigente y las que se consideran en el numeral 4.4.5 del capítulo
III del Manual de convivencia.
|
||||
INSTANCIA
|
PROCEDIMIENTO
|
RESPONSABLE
|
REGISTROS
|
SEGUIMIENTO
|
PRIMERA
INSTANCIA
|
Se
realiza la recepción de la queja de manera inmediata la cual debe ser de
conocimiento de Coordinación y Rectoría y Orientación Escolar.
De
ser necesario la atención inmediata en salud, el primer respondiente activará
línea 123 y realizará la atención según el convenio interadministrativo 205
|
-RECTORIA
-COORDINACIÓN
-ORIENTACIÓN
.
|
Se
puede recibir de manera verbal o escrita. Sin embargo, la situación se debe
registrar de manera escrita en el observador del estudiante con los debidos
soportes de descargos. Director de curso.
|
La atención
se realiza de forma inmediata y como máximo en los primeros cinco días
hábiles siguientes a la recepción de la situación de conflicto.
|
Garantizar la atención inmediata en salud física
y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades
competentes, actuación de la cual se dejará constancia, desde Coordinación y
Orientación.
Coordinación informará de manera inmediata a los
padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación
de la cual se dejará constancia.
Orientación activará
el protocolo Distrital de atención. Informará a la Policía y otras entidades
de protección y subirá las alertas
incluyendo el registro de la alerta de accidentalidad.
|
-COORDINACIÓN
-ORIENTACIÓN
-PRIMER RESPONDIENTE.
-DOCENTE O DIRECTOR (A) DE GRUPO.
|
Observador
del estudiante. Acta de Atención por convenio del Primer respondiente.
Citación a padres. Coordinación. Copia de remisiones. Orientación.
|
Para
la atención de estas situaciones se dispone de un término máximo de cinco (5)
días lectivos, contados a partir de la ocurrencia o del conocimiento de la
misma, sin vulnerar el derecho de defensa y del debido proceso a favor del
inculpado.
|
|
Rectoría como presidente del Comité Escolar de Convivencia
de manera inmediata, pondrá la situación en conocimiento del Comité de Convivencia, actuación de la cual
se dejará constancia y lo citará de
forma extraordinaria.
|
RECTORIA
COORDINACIÓN
ORIENTACIÓN
|
Copia de Remisión a Policía Nacional u
otra entidad competente. Orientación. Copia de citación del Comité de Convivencia.
Rectoría.
|
Atención en segunda instancia no mayor a
5 días después de conocer el incumplimiento o la reincidencia en la falta.
|
|
Rectoría dará un informe al comité
escolar de convivencia sobre los hechos que dieron lugar a la convocatoria,
guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho
a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del
reporte realizado ante la autoridad competente.
|
COMITÉ DE CONVIVENCIA
|
Acta de comité de convivencia. Rectoría.
|
Citación inmediata a Comité de
convivencia, en un término máximo de cinco (5) días siguientes al
conocimiento de la situación informada por coordinador.
Seguimiento a las remisiones hechas y a la retroalimentación
hecha ante el reporte en el Sistema distrital de alertas.
|
|
SEGUNDA INSTANCIA
|
El comité escolar de convivencia adoptará, de
manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo,
tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a
quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan
parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia.
- . El presidente del comité escolar de
convivencia reportará la información del caso al aplicativo del Sistema de
Información Unificado de Convivencia Escolar.
- El Comité
de Convivencia hará
seguimiento y evaluación de las acciones para la promoción y fortalecimiento
de la formación para la ciudadanía y el ejercicio de los derechos humanos,
sexuales y reproductivos; para la prevención y mitigación de la violencia
escolar y el embarazo en la adolescencia; y para la atención de las
situaciones que afectan la convivencia escolar, los derechos humanos,
sexuales y reproductivos.
|
-RECTORIA
-COMITÉ DE CONVIVENCIA
|
ACTA DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA. Rectoría.
|
Seguimiento por parte del Comité
escolar de convivencia, de la autoridad que asuma el conocimiento y del
comité municipal, distrital o departamental de convivencia escolar que ejerza
jurisdicción sobre el establecimiento educativo en el cual se presentó el
hecho, durante los 5 primeros días después del conocimiento del hecho y
durante el tiempo necesario hasta que se realice el restablecimiento de derechos.
|
ANEXO 2
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN
COLEGIO
GONZALO ARANGO IED
ACUERDO
No. 002 del 27 de Enero de 2014
POR
EL CUAL SE ADOPTA EL SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN
El Consejo
Directivo del Colegio Gonzalo Arango, Institución Educativa Distrital, con
licencia de funcionamiento mediante resolución No. 2564 de junio de 2007, de
Preescolar, Básica Primaria, Secundaria y media, emanada por la secretaria de
educación distrital, legalmente constituido para la vigencia 2009 y en uso de
sus facultades legales y,
CONSIDERANDO
1. Que el decreto 1290 de abril 16 de 2009,
reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los
niveles de educción básica y media.
2. Que el Decreto 1290 de abril 16 de 2009,
deroga en su totalidad los decretos 230 de febrero de 2002 y el 3055 de diciembre
de 2002 y las demás disposiciones que le sean contrarias a partir de su
vigencia.
3. Que el acuerdo con la Sentencia T-442/98
emanada por la Corte Constitucional, la educación «A juicio de la sala, la función social
del derecho a la educación, implica a todos los participantes del proceso
educativo a cumplir ciertas obligaciones y gozar de ciertos derechos,
establecidos en el reglamento educativo o manual de convivencia, los cuales ha
dicho permanentemente la jurisprudencia de la corte sobre el particular, que
son las normas reguladoras que garantizan una mejor armonía entre los sujetos
del proceso pedagógico y entre las distintas relaciones que se producen en la
comunidad educativa. Es importante reiterar que desde el punto de vista del
ordenamiento superior, la convivencia dentro de una determinada comunidad
implica para quienes la integran, el disfrute de una serie de derechos,
acompañado al mismo tiempo, de la obligación de cumplir con ciertos deberes. Lo
anterior encuentra sustento en lo dispuesto por el artículo 95-1 de la carta
política, según el cual es deber de las personas y de los ciudadanos «respetar
de los derechos ajenos y no abusar de los propios»; por lo tanto, la comunidad
educativa, es decir aquella que se encuentra integrada por estudiantes maestros
y directivos de los colegios públicos y privados no están exentas del principio
general anotado más arriba, toda vez que sus integrantes son titulares de
derecho».
Uno de los objetivos básicos del proceso
cognoscitivo en inculcar a los receptores de este el valor de la
responsabilidad de los actos personales; por lo tanto, exigir a los alumnos una
respuesta académica no conlleva en ningún momento la vinculación al derecho de
la educación, al contrario, a juicio de la sala, es una forma de hacer
conciencia sobre el valor del esfuerzo personal como garantía del éxito o
fracaso que se tenga frente a cualquier actividad en la vida. Por eso, esta
sala reitera lo expuesto a lo largo de su jurisprudencia en el sentido de
considerar que quien se matricula en un centro educativo, con el objeto de
ejercer el derecho constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese
mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar
el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra.
4. Que la sentencia T-386/94 de la corte
constitucional expresa: «La ley general de educación (115/94) autorizó a los
establecimientos educativos para expedir un reglamento o manual de convivencia
en el cual se definir los derechos y obligaciones de los estudiantes y
estableció, además, la presunción de que los padres o tutores y los educadores
al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos estarán
aceptando el mismo (Art 87). De igual modo la ley estableció que el reglamento
interno de la institución educativa establecerá las condiciones de la
permanencia del estudiante en el plantel y el procedimiento en caso exclusión».
Porque siendo la educación un derecho – deber, éste implica por parte del estudiante la
obligación de participar activamente en su propio crecimiento y desarrollo
integral, de suerte que si falta a ese deber pierde su derecho, no a la
educación, sino a avanzar en la institución educativa que le ha fijado,
conforme a normas superiores, unas reglas de juego que sus padres han aceptado
al firmar la matrícula.
ACUERDA
Artículo
Primero. Adoptar el sistema de Evaluación Institucional en virtud al decreto 1290 de 2009 para el Colegio
Gonzalo Arango.
Artículo
Segundo. El documento «Sistema de Evaluación Institucional» formará parte del
manual de Convivencia del 2014.
Artículo
Tercero. Impleméntese el sistema de evaluación Institucional a partir de la
fecha acogiendo en su totalidad lo establecido.
COMUNIQUESE,
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá,
D.C. a los cuatro (4) días del mes de Diciembre
de 2012
Modificado en
Bogotá, D.C. a los doce días (12)días
del mes de Febrero de 2014, y cuyos cambios comenzarán a regir a partir del 12
de febrero de 2014
PRESENTACIÓN
Nuestro sistema
de evaluación del colegio Gonzalo Arango se enmarca en el modelo pedagógico
constructivo que concibe al estudiante como un ser constructor de su
conocimiento, responsable de su propio aprendizaje; al docente como un mediador
de este proceso que contribuye al desarrollo de las potencialidades de los estudiantes con el
objeto de mejorar sus condiciones de existencia y promover su desarrollo
humano.
La institución
orienta el aspecto cognitivo de los estudiantes en cuatro campos de pensamientos,
integrados en áreas.
CAMPOS
|
ÁREAS
|
Ciencia y
Tecnología
|
Ciencias
Naturales y Educación Ambiental (Física, Química y Biología), Tecnología e
Informática. 2 áreas
|
Pensamiento
Matemático
|
Matemáticas,
Geometría, Algebra, Trigonometría, Cálculo y Estadística. 1 área.
|
Comunicación,
Arte y Expresión
|
Humanidades
(Lengua Castellana e Idioma Extranjero), Educación Física, Recreación y
Deportes, Educación Artística. 3 áreas
|
Pensamiento
Histórico
|
Ciencias
Sociales (Historia, Geografía, Constitución Política y Democracia), Educación
Ética y Valores Humanos, Ciencias Políticas y Económicas, Filosofía y
Educación Religiosa. 5 áreas
|
Cada campo de
pensamiento aborda las siguientes dimensiones del ser humano:
Dimensión
comunicativa: proyecta la comunicación asertiva desde las diferentes formas de
expresión.
Dimensión
cognitiva: tiene como finalidad incentivar el desarrollo de los procesos del
pensamiento desde el saber.
Dimensión Socio
afectiva, Ética y Valores: Se relaciona con la formación ética, axiológica,
trascendente y política del ser.
Dimensión
Ambiental: Se fundamenta en el principio del ser humano como parte del ambiente,
y responsable del mismo, dado que con sus prácticas lo afecta de manera
positiva o negativa. Implica un cambio de actitud frente al entorno.
Dimensión
Corporal: Comprende la expresividad del movimiento como una forma de actuar y
manifestarse ante el mundo
Nuestro colegio
se organiza acorde con la propuesta distrital de ciclos así
CICLO I Transición, primero y segundo
CICLO II Tercero y cuarto
CICLO III Quinto, sexto y séptimo
CICLO IV Octavo y Noveno
CICLO V Décimo y Once
CAPITULO
PRIMERO
DISPOSICIONES
GENERALES
DEFINICION DE
EVALUACIÓN: En el colegio Gonzalo Arango concebimos la evaluación como un proceso
formativo, integral, dinámico, continuo, flexible y sistemático por el cual se
interpretan y valoran los aprendizajes de los estudiantes.
PROPÓSITOS DE LA
EVALUACIÓN:
Identificar las características personales, intereses, ritmos de
desarrollo y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.
Proporcionar información básica para consolidar o reorientar los
procesos educativos relacionados con el desarrollo integral del estudiante.
Suministrar información que permita implementar estrategias pedagógicas
para apoyar a los estudiantes que presente dificultades y fortalezas en sus
procesos formativo.
Determinar la promoción de estudiantes.
Información para el ajuste e implementación del plan de mejoramiento
institucional.
PRINCIPIOS:
TRANSPARENCIA: La institución
comunicará a todos los miembros de la comunidad educativa l sistema de
evaluación institucional. De igual modo, el docente de cada asignatura
informará a los estudiantes en forma clara y precisa el qué, cómo, cuándo, para
qué y por qué de la evaluación.
JUSTICIA: El proceso
cumplirá con los acuerdos establecidos y el resultado evidenciará los
aprendizajes y/o desempeños, dentro de relaciones de equidad y armonía.
PARTICIPACION: La evaluación
se desarrollará con la interlocución permanente de quienes forman parte del proceso
de enseñanza y aprendizaje.
EQUIDAD: el proceso de
evaluación será igual en oportunidades y posibilidades para todos los
estudiantes, respetando los ritmos y estilo de aprendizaje y diferencias
individuales.
INTEGRALIDAD: La evaluación
tendrá una mirada integral del proceso de desarrollo del estudiante,
reconociéndolo como un ser multidimensional. En este sentido la valoración de
los desempeños no se realiza únicamente desde lo cognitivo, sino, también,
desde lo social, ético, afectivo, corporal, entre otros.
CAPITULO
SEGUNDO
EVALUACIÓN
Y PROMOCIÓN
1. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN:
La evaluación
del estudiante es integral, porque tiene en cuenta las dimensiones del ser
humano, establecidas en el horizonte institucional: comunicativa, cognitiva,
socio-afectiva y ecológica. Además, reconoce las diferencias individuales, los
diferentes estilos y ritmos de aprendizaje.
La evaluación es
formativa porque es un proceso, continuo y coherente.
La evaluación es
dirigida al desarrollo de las competencias: interpretativa, propositiva y
argumentativa.
2. ESCALA DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL
El colegio
adopta la siguiente tabla numérica y a la vez, la homologa a los parámetros
exigidos por el Ministerio de Educación Nacional.
DESEMPEÑO VALORACION
SUPERIOR 46-50
ALTO 40-45
BÁSICO 33-39
BAJO 1-32
Definición de
los niveles de desempeño:
El desempeño bajo
se entiende cuando el estudiante aún no alcanza el nivel de desarrollo y
aprobación de los conocimientos, procedimientos y actitudes en relación a los
aprendizajes de las áreas.
El desempeño básico
es el alcance mínimo del nivel de desarrollo acordado en las áreas, teniendo
como referente los estándares, las orientaciones y lineamientos expedidos por
el Ministerio de Educación nacional y lo establecido en el Proyecto educativo
Institucional.
El
desempeño Alto se entiende como
el alcance del nivel de desarrollo previsto en cada área.
El desempeño Superior
se evidencia cuando el desarrollo de los conocimientos, procedimientos y
actitudes del estudiante va más allá de lo previsto en todos los aspectos de
las diferentes áreas.
3. ESTRATEGIAS DE VALORACIÓN INTEGRAL EN EL
DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES: Para la valoración de los aprendizajes
contemplamos los siguientes componentes de evaluación:
COEVALUACION. Es la evaluación
realizada entre pares, es decir que cada estudiante tiene la oportunidad de ser
evaluado por el grupo con él que interactúa.
HETEROEVALUACIÓN. Es el proceso
de comprobación que hace el docente, en términos cualitativos y cuantitativos
del nivel de evolución de conocimientos, habilidades, actitudes y valores.
AUTOEVALUACIÓN: Los y las
estudiantes deben estar en capacidad de revisar de manera crítica su propio
proceso de aprendizaje, reconociendo sus aciertos desaciertos y planteando soluciones
a sus dificultades.
La valoración será
Integral y no tendrá un valor en específico, será la suma de hetero, auto y co
dividido por tres en todos los procesos de evaluación.
4. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL
MEJORAMIENTO DE DESEMPEÑO DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR: Promovemos el desarrollo integral del ser humano, de acuerdo a esto se
implementarán estrategias de apoyo a talentos especiales en los campos de
pensamiento y la expresión que cuentan con estímulos académicos específicos. En
todos los casos se realizan y registran en los respectivos libros y actas las
siguientes acciones:
A.
Seguimientos oportuno y eficaz del proceso de
formación académica, personal y social.
B.
Registro de observación del desempeño y
aprendizajes de los estudiantes
C.
Remisión a orientación.
D.
Remisión de los estudiantes que están afiliados a
las EPS para el apoyo de los profesionales médicos y terapeutas.
E.
Talleres para padres de familia, bajo la
responsabilidad de orientación con apoyo de coordinación, entrega y acompañamiento
de los planes de mejoramiento a la familia.
F.
Jornadas de nivelación y/o profundización para los
estudiantes que lo requieran, las cuales se realizan bimestralmente.
5. LAS ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA
RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES. Organizamos el COMITÉ DE EVALUACIÓN que lo componen: los maestros de cada uno de
los ciclos y el coordinador respectivo. Este comité tiene como función analizar
el comportamiento general de cada uno de los ciclos tanto en su desarrollo
académico en situaciones de excepcionalidad o talentos, para generar estímulos
según sea el desempeño bajo. Se reunirá al final de cada bimestre para hacer
recomendaciones y propuestas. Dentro de las funciones que el comité desarrolla
se encuentran las siguientes:
Identificación
de los orígenes, causas, consecuencias y soluciones de la problemática.
Dialogo con los
padres de familia y entrega de los planes de mejoramiento.
Seguimiento a
los planes de mejoramiento, en el observador del estudiante con los respectivos
soportes.
6. PERIODICIDAD EN LA ENTREGA DE INFORMES A
LOS PADRES DE FAMILIA
Concebimos el
proceso de aprendizaje como un ejercicio mancomunado con el núcleo familiar del
estudiante, por ello la comunicación entre las tres partes ESTUDIANTE-PADRES DE
FAMILIA Y DOCENTE- INSTITUCIÓN debe ser constante, productiva y asertiva. Es
así que se entregan cuatro (4) BOLETINES
informativos: uno por cada bimestre académico del año escolar. En el CUARTO
BOLETIN está definida la promoción de
los estudiantes. Entregar
cuarto boletín con una casilla para la nota final de las áreas.
7.
PROMOCIÓN ESCOLAR. Determinamos que la
promoción es grado a grado y los estudiantes se promocionarán al grado
siguiente aprobando todas las áreas correspondientes al grado que cursa, con
una valoración igual o superior a 33.
Para la promoción de los estudiantes con Necesidades Educativas
especiales se tendrá en cuenta:
a.
El diagnóstico de
déficit cognitivo de su EPS o entidad especializada.
b.
El compromiso académico
donde se manifiesta el acompañamiento y refuerzo escolar permanente de la
familia, firmado por el estudiante y el acudiente.
c.
Reportes del seguimiento
y recomendaciones por parte de los especialistas solicitados desde orientación.
8.
NO PROMOCIÓN ESCOLAR: Equivale a la repitencia
del grado que cursa el estudiante, y se presenta en las siguientes situaciones:
Cuando al
finalizar el año escolar el estudiante obtiene un DESEMPEÑO BAJO en tres o más áreas.
Cuando el estudiante
presenta inasistencia injustificada igual o superior al 25 % de la totalidad de
las horas fijadas, ya sean de manera continua o discontinua.
Cuando persiste la
valoración DESEMPEÑO BAJO en una o las dos áreas en las que presentó las
actividades de nivelación.
En caso que un
estudiante no sea promovido al grado siguiente, el colegio le garantiza el cupo
por una sola vez para que continúe con su proceso formativo, previa revisión de
su desempeño convivencial. En todo caso los maestros llevarán un registro de
los procesos seguidos con los estudiantes y padres de familia junto con los
respectivos soportes.
9.
PROMOCION ANTICIPADA
El proceso de promoción anticipada se desarrollará en dos modalidades:
9.1. Primera modalidad: El estudiante que pierda la nivelación de una o
dos áreas tendrá la oportunidad durante la primera semana de clase del año escolar, a presentarle al docente o docentes
del área la evaluación de un trabajo que
le ha asignado el docente o docentes del área del año anterior. Si pasan la evaluación ingresará al siguiente
grado.
9.2. Segunda
modalidad: Durante el primer periodo del
año escolar el consejo académico, previo solicitud de los padres de familia, autorizará
la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un
rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal, actitudinal y social
en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será
tomada y consignada en acta. Se
informará al Consejo Directivo.
10.
ESTIMULO AL BUEN
RENDIMIENTO Y REPRESENTACIÓN INSTITUCIONAL
La comunidad
Educativa del colegio Gonzalo Arango estimula el liderazgo, el esfuerzo, la
dedicación y el talento de nuestros estudiantes en diversas áreas del
pensamiento, el deporte y la cultura, por lo cual les otorgará estímulos a la
participación, el rendimiento y/o la representación “exitosa”, mediante el
siguiente sistema de bonos aplicables en instancias de promoción académica.
10.1 Un cuadro de honor resaltando
habilidades especiales de los educandos en cada grado, se expone en cada salón.
Cuadro de excelencia institucional.
10.2 10.2 Promedio: Los estudiantes que al
finalizar el año escolar tengan pendiente la aprobación de un área, en la que
tengan una nota definitiva superior a 2.5, pero hayan aprobado las demás áreas
con una nota promedio igual o superior a 3.7, serán promovidos automáticamente
(sin necesidad de nivelación) y se consignará 3.3 en el área que presentó
dificultades.
10.3 Representación Deportiva, Científica o
Cultural: Los estudiantes que nos representen con éxito en eventos externos o
Internos de Deportes, Ciencia o Cultura, con los siguientes niveles de cualificación:
significativas, de calidad, permanentes y reiterativas. Tendrán un bono
de una unidad completa (1.0) que podrán sumar a la nota definitiva de
cualquiera de las áreas del pensum académico al finalizar el año (cada bono
sólo podrá ser usado una vez y para una sola área)
El otorgamiento
del bono estará a cargo del Consejo Académico que evaluará si la dimensión de
la representación realizada por el estudiante es suficiente para acreditar el
estímulo.
Los estudiantes
podrán ser candidatizado para recibir el bono por cualquier docente o directivo
de la institución, siempre y cuando presente la propuesta al Consejo Académico,
por intermedio de la Coordinación, antes de realizar la última comisión de
Evaluación del año lectivo.
Los estudiantes
podrán tener más de un bono de estímulo, dependiendo del número de
participaciones exitosas realice durante el año.
10.3 Mejores Proyectos de Ciclo en la Básica: Se otorgará el
20% adicional a la nota final de cada una de las áreas para aquellos
estudiantes cuyo desempeño en el proyecto de ciclo se haya destacado en la construcción anual y presentación final
del mismo. Esta evaluación se otorgará en el comité de evaluación del ciclo.
11. Propuesta Educación Media Fortalecida Ciclo V 2014
11.1 La evaluación
será semestral, por lo cual al término de cada semestre quedará definida la
nota de cada asignatura, y su recuperación si es necesario. No quedarán
trabajos o recuperaciones pendientes para el siguiente semestre.
11.2 El proyecto de
grado, que es un proceso de investigación que inicia en primer semestre de
grado décimo y culmina en segundo semestre de grado once, se desarrollará en cuatro
etapas.
Cada etapa semestral se realiza según los
objetivos establecidos en el plan curricular de tecnología y representará el 25
por ciento (25%) del total de la nota de cada área en cada semestre. En la
evaluación del proyecto se considerará auto-, co- y hetero-evaluación.
11.3 Para cada área se
establecen tres cortes evaluativos desarrollados durante el semestre, cada uno
con un valor de 25 por ciento de la nota final, con fechas determinadas en el
cronograma institucional.
11.4 La nota definitiva
de cada corte podrá estar constituida por varias notas parciales, incluidos
trabajos, previas orales o escritas, entre otros; o por un solo examen. En todo caso estos
mecanismos o herramientas para realizar la evaluación en cada corte se
establecerán al comienzo del semestre según orientación del maestro en acuerdo
con los estudiantes,
11.5 Se presentará una
nota definitiva al final del semestre y no por bimestres. Sin embargo, se harán
dos reuniones con padres de familia de carácter informativo sobre el desarrollo
que llevan sus hijos. La primera se realizará al término del segundo corte
evaluativo y la segunda al final del semestre. Los resultados parciales se publicarán
preferiblemente de manera virtual.
11.6 Las notas finales
se deben tener consolidadas dos semanas antes de concluir el calendario del
semestre.
11.7 Cuando el
estudiante no alcance los logros propuestos en cada área y esto signifique la
reprobación de la misma, deberá realizar un curso de dos semanas previstas en
el cronograma al final de cada semestre. Para ello, el estudiante, junto con el
maestro, establecerá metas claras para alcanzar los desempeños en los que haya
tenido dificultades. Los estudiantes que no tengan que realizar cursos
tutoriales dedicarán este tiempo a labores de profundización en su horario de
clases.
11.8 Para poder
realizar estos cursos tutoriales, el estudiante deberá prestar,
simultáneamente, y en horario libre, un servicio comunitario, ya sea en
biblioteca, restaurante, cursos de la básica, u otros, como retribución a la
comunidad.
11.9 Si el estudiante
pierde definitivamente el curso tutorial, deberá esperar al finalizar el
semestre para realizar una nivelación por medio de un examen como última oportunidad para aprobar el área,
siempre que el número de nivelaciones no sea superior a dos. deberá repetir
12.
Promedio en el
ICFES
Los estudiantes
de grado once (11) que ocupen un puesto igual o superior al 50 (del puesto 50
al 1) en las pruebas de estados (ICFES) serán promovidos en todas las áreas al
finalizar el año y serán mencionados como des
tacados en la ceremonia de Graduación
13. Estudiantes que ingresen a Universidades.
Los estudiantes
de grado once (11) que ingresen a las Universidades Distritales o Nacionales y
pierdan un área serán promovidos.
14.
GRADUACION. Los estudiantes que
culminen la educación media obtendrán el título de Bachiller académico, cuando
hayan cumplido con todos los requisitos de promoción adoptados, para lo cual
tendrá en cuenta que para optar el título de bachiller el estudiante debe:
Cumplir con lo
estipulado en la ley 115
Haber desarrollado
a satisfacción el Proyecto de Servicio Social Obligatorio.
Haber aportado
los documentos reglamentariamente definido en las normas pertinentes.
15.
REGISTRO ESCOLAR: la secretaria académica del
colegio llevara un registro del desempeño académico de los y las estudiante en
los libros reglamentarios.
16. CONSTANCIAS DE
DESEMPEÑO: el colegio Gonzalo Arango entregará de manera oportuna las constancias
que requieran los estudiantes.
CAPITULO TERCERO
DEBIDO PROCESO
8. DEBIDO PROCESO: es el conjunto
de garantías que busca asegurar a los estudiantes una recta y cumplida decisión
sobre sus derechos, basada en un proceso previo, legalmente tramitado, como lo
contempla el art.29 C.P. en cumplimiento de este mandato el colegio acoge los
siguientes principios.
FAVORABILIDAD: todas las
acciones académicas que se generan y desarrollan en la institución se encaminan
a garantizar el éxito y promoción del estudiante.
DERECHO A LA DEFENSA: Todo estudiante
tiene derecho a argumentar sus actuaciones y a desvirtuar sus acusaciones.
PUBLICIDAD: la comunidad
educativa debe conocer ampliamente las normas, procesos y procedimientos
curriculares que le serán aplicados.
IMPUGNACIÓN: todo miembro de
la comunidad educativa tiene derecho a controvertir los resultados académicos
procesos, procedimientos, instancias y decisiones, siempre que se haga con el
debido respeto, dentro de los tiempos establecidos, acatando el conducto
regular y con la debida argumentación.
LEGALIDAD: dando
aplicación a la Ley 115/94- decreto 1860/94 decreto 1290/09- estándares de
calidad- lineamientos curriculares- PEI- documentos MEN y SED
1.
PROCEDIMIENTOS DE RECLAMACIÓN: Para cumplir
cabalmente con el derecho a la reclamación, el estudiante y su acudiente deben
tener en cuenta los siguientes pasos para tramitar una queja o reclamo por
notas en asignaturas.
En primera Instancia, los
estudiantes presentarán, en todos los casos, solicitud escrita y respetuosa con
los soportes pertinentes ante el (la) docente de la asignatura correspondiente
para dialogar la situación y tratar de resolverla.
En caso de no hallar una
solución o una aclaración suficiente, el estudiante, con conocimiento de su
acudiente, presentará de manera escrita la reclamación a coordinación.
En caso de que la
coordinación no logre solucionar la situación, remitirá el proceso al Consejo
Académico, que utilizará las
herramientas pedagógicas en el marco de la ley para resolver este tipo de
inquietudes.
Es requisito respetar el
orden de los pasos anteriores y respetar los acuerdos establecidos entre las
partes.
En caso de presentarse una
reclamación referente a la promoción de estudiante, esta debe dirigirse al
consejo académico dentro de los 5 días hábiles siguientes a la entrega del
boletín último. Toda reclamación tendrá respuesta oportuna dentro de los
términos que determina la ley y todas las actuaciones se registran en el
observador del estudiante.
2.
VALORACIONES DE
ESTUDIANTES QUE INGRESAN INCIADO EL AÑO ESCOLAR
Los casos de estudiantes
que se matriculan e ingresan a partir de la séptima semana del año escolar y no
presentan valoraciones del año lectivo, obtenidas en la institución de donde
provienen, serán analizados por la Comisión de Evaluación que determinará las
valoraciones correspondientes a los periodos que no cursó en el Colegio Gonzalo
Arango.
Si el estudiante presenta
las notas obtenidas durante el año lectivo en la institución anterior, serán
homologadas con la escala nacional, atendiendo del principio de favorabilidad,
y serán subidas al sistema por el maestro de cada asignatura, previo visto
bueno de coordinación.
3.
ACCIONES QUE GARANTIZAN POR PARTE DE LOS
DIRECTIVOS Y DOCENTES EL CUMPLIMIENTO DEL PROCESO EVALUATIVO.
Creación de ambientes propicios para garantizar el proceso de
evaluación.
Implementación
de estrategias innovadoras de trascendencia en la concepción que tiene los
estudiantes de su vida académica.
Seguimiento y
exigencia del cumplimiento a los compromisos, orientaciones y acuerdos tomados
en el comité de evaluación.
Control y seguimiento de
la aplicación del presente sistema de evaluación.
4.
EL SISTEMA DE EVALUACION INSTITUCIONAL será evaluado
periódicamente y los resultados de estas evaluaciones posibilitaran las
modificaciones pertinentes que serán analizadas y aprobadas el consejo
académico y el consejo directivo.
5.
VIGENCIA: el presente sistema rige a
partir del 13 de enero de 2014
firmado por CONSEJO DIRECTIVO
ANEXO 3
Manual de procedimientos
1. Atención a usuarios
1.1. Personalizada
Se recibe
al usuario en la secretaría del colegio, se registra en el libro reglamentario el tramite a solicitar, se firma
copia del documento al usuario; luego se direcciona hacia el funcionario
o dependencia responsable de ese trámite, allí se resuelve su solicitud o se
suministra al usuario una fecha de la posible respuesta y/o seguimiento. En
caso que de que se requiera entrevista con Rectoría, se debe solicitar cita previa.
1.2. Telefónica
(Líneas 6857474
y 6857484. Extensiones 101 y 104. Fax 102)
Se toman las llamadas y se lleva un
registro de los requerimientos o solicitudes, se da respuesta inmediata o se
suministra una fecha de posible respuesta y/o seguimiento, si es necesario. En
caso que de que se requiera entrevista con Rectoría, se debe solicitar cita previa.
1.3
Virtual
(Correo
electrónico: colgonzaloarango@redp.edu.co)
Este medio está a disposición del usuario para realizar las peticiones
requeridas las cuales se direccionan de acuerdo a la necesidad solicitada. El
funcionario o dependencia responsable da respuesta por el mismo medio.
2. Procedimiento
interno de enfermedad o de accidentes estudiantes
2.1. En caso de enfermedad
- El estudiante que
se siente mal avisa al docente de la clase o al más cercano en el momento.
- El docente
informa a Coordinación a través del estudiante representante de curso,
quien lleva los datos del estudiante: nombre completo, número de teléfono
y nombre del acudiente.
- El coordinador
(a) cita al acudiente y firma la salida del estudiante y registra el caso
en la planilla respectiva, el padre firma el conocimiento del acuerdo 205.
- Si por alguna
circunstancia Coordinación no puede atender el caso, el estudiante
representante del curso se dirige a Orientación y se registra el caso en
la planilla respectiva.
- La Orientadora
llama al acudiente y firma la
salida del estudiante. Se debe verificar, por medio de su cédula, la
identidad del acudiente o persona mayor de edad que se hace cargo del
menor.
- Bajo ninguna
circunstancia el estudiante enfermo(a) sale del salón de clase.
- El acudiente se
dirige al salón de clase por su hijo.
2.2. En caso de enfermedad grave
a. El docente de la
clase se comunica con Coordinación y suministra los datos del estudiante: nombre
completo, número de teléfono y nombre del acudiente.
b.
Coordinación llama al 123 y al acudiente.
c.
En caso de no encontrar al acudiente, Coordinación asigna en primera instancia
al Director de curso o a un docente, orientadora o administrativo
quien se hace cargo del estudiante si es necesario el traslado al hospital, mientras se ubica el
acudiente.
2.3. En caso de accidente
a. El docente remite al primer respondiente y avisa al director
de curso y a coordinación.
b. El director de curso informa los datos
del estudiante (nombre completo, número de documento de identidad, número de teléfono y nombre del
acudiente) al primer respondiente y
llama al acudiente.
c. El primer respondiente
llama al 123 y reporta en un acta de notificación a orientación para
subir la alerta.
d. Si el accidente ocurre en el cambio de clase o a la hora del
descaso, asume el docente de la clase siguiente o el docente de acompañamiento.
NOTA: En
estos casos de enfermedad y accidente, el estudiante no puede quedar solo,
siempre estará bajo la tutoría
de un adulto, docente de la clase, coordinador, director de curso, orientadora
o primer respondiente. El director(a)
de curso siempre estará enterado de la situación del estudiante.
2.4. Responsabilidad de los padres de familia
- Actualizar constantemente los datos del
estudiante especialmente los números de teléfonos con el director (a) de
curso y en la secretaria académica.
- Informar sobre las enfermedades del
estudiante de forma clara y oportuna
con los debidos soportes médicos al director(a) de curso
- Estar en permanente comunicación con el
(la) director(a) de curso.
3.
Atención de urgencias escolares
- Acudir
a los hospitales públicos del Distrito
- Llevar
los siguientes documentos:
·
Fotocopia del documento de identidad
·
Constancia de estudio para evidenciar que
está en la base de datos del Distrito. Se puede bajar de la página de la SED www.sedbogota.edu.co, en el
link de Matriculas.
·
En caso que el estudiante tenga EPS también
se puede llevar a los Hospitales Públicos del Distrito, si es necesario.
·
En caso de accidente dirigirse al hospital o
clínica más cercana, ya que a las clínicas también las cubre el cuerdo 3042 y el
trámite a que haya lugar se legaliza entre la secretaria de salud y la clínica
o la EPS, así mismo los copagos.
El
convenio no cubre indemnizaciones ni gastos funerarios. No se realizan
desembolsos de dinero. No cubre gastos de transporte distintos a los prestados
por una ambulancia.
3.1.
Cómo se activa el convenio en el caso de que la atención sea prestada por un
Hospital Privado
En estos casos el colegio o los padres de familia,
deben dar aviso a la Secretaria de Salud (teléfono: 3649090 extensión 9830 ó
9897), a la Secretaría de Educación (teléfono 3241000 extensiones 3126 y 3129)
en horario de oficina, con el propósito de que estas entidades emitan la
autorización correspondiente para que el convenio 3042 de 2013 cubra el costo
de la atención. Esta autorización se debe solicitar antes de que se haga algún pago por parte de la familia, puesto
que el convenio no cuenta con un mecanismo administrativo para reembolsar
dinero.
4. Procedimiento para aprobación
de salidas pedagógicas institucionales
Las salidas pedagógicas
institucionales que se realicen dentro del perímetro urbano y solamente por un
día, serán avaladas por el Consejo académico
y aprobadas por el Consejo directivo.
Deberán ofrecer al
estudiante oportunidades de aprendizaje en ambientes no escolares de orden
pedagógico, lúdico, cultural, social y deportivo.
El (los) docente(s)
organizador(es) presentará(n) el proyecto de la salida al Consejo académico a más tardar en la segunda quincena del mes de
Octubre para que se tenga en cuenta en la aprobación del presupuesto del
siguiente año, relacionando las actividades complementarias posteriores a la
actividad que reforzarán los objetivos propuestos. El profesor organizador y
el Director de grupo deberán responsabilizarse de cada curso en Secundaria. En
la Sección de Primaria, el Director de Grupo con otro integrante de la
Comunidad Educativa diferente al estudiantado.
Toda salida
pedagógica deberá ser autorizada por el acudiente de cada estudiante, a través
del desprendible de la circular alusiva a la actividad firmada por el rector
como único representante legal de la Institución. Sin excepción, no se
permitirá la salida sin la autorización escrita del acudiente. La lista de los
estudiantes junto con las autorizaciones deberá ser entregada a Coordinación antes
de la salida.
4.1.
Procedimiento para realización de salidas pedagógicas
1. Por lo menos tres días antes de la salida pedagógica el colegio debe
enviar a la Dirección local de educación
un correo con la siguiente información:
·
Nombre del colegio
·
Número de
estudiantes que asisten a la salida
·
Lugar y fecha de la
salida
·
Hora de la salida y
llegada
·
Nombre, número de
documento y si es posible número de teléfono celular de los docentes o directivos que sean responsables de la
salida.
2. Llevar a la salida :
·
Una copia del
documento del convenio 3042 de 2013
·
Copia del carné de
afiliación al sistema de salud de todos los estudiantes que asisten a la salida
·
Copia del documento
de identidad de todos los estudiantes que asisten a la salida
·
Botiquín de
primeros auxilios
·
Información de los
centros de atención de urgencias del lugar de la salida (Hospitales públicos)
5. Procedimientos y comportamiento en el
comedor escolar
1.
La
entrada al Comedor se hará en fila, con orden y tranquilidad, sin correr, sin
empujar a los compañeros, ni gritar, respetando el turno de los que llegaron
antes.
2. Se deben cuidar los
utensilios, mesas y sillas del comedor. Los estudiantes serán responsables de
su deterioro por mal uso.
3. Deberán permanecer
correctamente sentados en todo momento, sin jugar ni balancearse en las
sillas, ni moverse de su sitio.
4. Es muy importante
comer en un ambiente tranquilo, por lo que nunca se dirigirán a los demás
gritando, sino hablando en un tono de voz adecuado.
5. Se deben mantener
buenos modales en la mesa.
6. Los estudiantes
consumirán el menú establecido. No pueden desperdiciar el alimento suministrado
por la Secretaría de Educación ni en el comedor, ni en los pasillos o escaleras
del Colegio. Es importante valorar la alimentación que se les suministra.
7. Al terminar de
consumir los alimentos, deben recoger la bandeja y demás utensilios y dejarlos
en el lugar indicado.
8. Los educandos que
tomen desayuno o almuerzo en comedor comunitario informarlo, para tenerlos en
cuenta en los nuevos acuerdos entre Integración
social y Dirección local de educación.
9. Recordar que al comer se debe controlar la cantidad de
alimento que se pone en la boca, para evitar atragantamientos, que pueden llegar
a ser graves.
6. Responsabilidades y
procedimientos de los padres, madres de familia e institución educativa en
casos de niños, niñas y adolescentes con discapacidad y/o dificultades de
aprendizaje
Es
responsabilidad de la familia proporcionarle al niño, niña y/o adolescente con
discapacidad, un trato digno e igualitario con todos los miembros del núcleo
familiar y generarle condiciones de equidad, de oportunidades y autonomía para
que pueda ejercer sus derechos.
La
detección y seguimiento
a los casos
de niños(as) y
jóvenes con discapacidad y/o dificultades de
aprendizaje se realizará teniendo
en cuenta dos clasificaciones:
A. Niños(as) con necesidades
educativas especiales: presentan algún
tipo de discapacidad física y/o
mental que le
impide su libre
desplazamiento y desempeño
motriz en el
nivel escolar regular
(hipoacusia, invidencia, déficit cognitivo, parálisis cerebral
etc.)
B. Niños(as) con necesidades educativas
transitorias: presentan dificultades que se manifiestan
en el aprendizaje y que inciden
directamente en sus procesos de
pensamiento, evidenciándose notablemente en la vida académica. (dificultades de lenguaje, déficit en
atención, hiperactividad, dificultades de memoria a corto y largo plazo, etc.)
Para cualquiera
de las dos
modalidades se tendrá
en cuenta el
siguiente proceso:
1. El docente detecta el caso
en el aula (puede ser el director de grupo o el
docente de asignatura), diligencia la
ficha de remisión y la entrega
en Orientación.
2.
Orientación recibe el caso e inicia un diagnóstico
en dos fases:
§ Valoración
del estudiante.
§ Valoración
de la familia.
3. De
acuerdo con el
análisis de caso
y el diagnóstico
realizado, se
remitirá el niño(a) o
joven a su
EPS y/o instituciones
especializadas.
4. Según
el caso, Orientación solicita valoración de especialistas como psicología,
terapia ocupacional, de lenguaje o física, neuro-pediatría, psiquiatría o educación
especial. El Padre o Madre de Familia
debe presentar informe de especialistas con recomendaciones para la familia y
los docentes. El plazo para presentar
los respectivos informes, no puede
superar dos (2) meses. Dicho informe
lo recibirá Orientación.
5. De igual forma, la
familia debe iniciar las intervenciones o tratamientos requeridos por el niño,
niña o adolescente, para facilitar su proceso de aprendizaje. Los padres deben entregar a Orientación los
informes de las citas, valoraciones y tratamientos cada mes, hasta que los
especialistas envíen un reporte de cierre del caso.
6. De no ser cumplido el
requerimiento por parte de los padres, se iniciará el debido proceso contemplado en el Manual de acuerdos de convivencia.
7. Ante la no respuesta
oportuna y positiva de los padres, el caso se remitirá al Hospital de
Suba, Comisaría de familia, ICBF u otras
entidades públicas según lo determina el Código
de de infancia y adolescencia, por no brindar a los niños, niñas o
adolescentes la atención especializada requerida.
Si el
niño, niña o adolescente presenta algún trastorno de comportamiento, como
conductas agresivas hacia otros compañeros, que puedan afectar la integridad física o emocional de otros
niños o niñas o de él mismo(a), los acudientes deberán procurar la valoración
médica y/o psicológica o psiquiátrica inmediata y entregar reporte a
Orientación.
8. Sí el niño, niña o
adolescente requiere reubicarse en una
Institución educativa que atienda a los estudiantes con Necesidades educativas especiales,
el Colegio a través de Orientación,
guiará a la familia para la reubicación
del estudiante, teniendo en cuenta los requerimientos de la Secretaría de
Educación y en todo momento dentro de
una relación de respeto y consideración
hacia el padre, la madre de familia y el estudiante que deben recibir
atención desde la inclusión y
permanencia en el sistema educativo.
7. Procedimiento para
la atención en biblioteca
7.1.
Atención a grupos
Grupos
fijos:
organizar con coordinadores los horarios fijos
para la atención a grupos, comunicar a docentes, respetar los horarios
programados, el grupo siempre debe estar acompañado por el docente quien tomará
parte en la planeación y desarrollo de la actividad.
Grupos
flexibles: el docente que
necesite atención con un grupo, debe programar su visita con un día de
anterioridad con la funcionaria/o.
7.2.
Atención individual
Estudiantes en horas de clase:
el estudiante que necesite ser atendido
en horas de clase debe presentar un permiso por escrito del Profesor
responsable. Se atenderá un máximo de 10 estudiantes por curso.
7.3.
Prestamos de material bibliográfico para docentes y estudiantes
Se prestan libros para llevar al salón o a la
casa siempre y cuando no sean de Referencia (enciclopedias). Los libros se deben
devolver al terminar la clase o la jornada, sí el préstamo se hizo al salón; sí
el préstamo fue a la casa, el plazo es de uno a ocho días, dependiendo de la
instrucción de la funcionaria/o.
7.4.
En caso de pérdida: informar a la biblioteca
para recibir las respectivas recomendaciones y hacer la reposición en un
periodo máximo de 15 días.
7.5.
Atención en jornada contraria
Pueden hacer uso del servicio de Biblioteca:
Estudiantes
de la Jornada Mañana: de 1:00 a 3:00 pm.
Estudiantes
de la Jornada Tarde: de 10:30 a
12:00 m.
Para ello deben portar el uniforme y
presentar en portería carnet o tarjeta ciudadana, el ingreso únicamente será a
Biblioteca, para la salida debe informar a la Bibliotecaria/o.
Nota: Los estudiantes de la jornada tarde que van a
ingresar al comedor escolar, deben salir por la portería y hacer la fila en la
entrada al comedor.